Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1404 de 2021 - Normativa - VLEX 909932207

Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1404 de 2021

Fecha13 Octubre 2021
Número de resoluciónResolución Procedencia de Consulta Previa ST -1404 de 2021
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1404 DE 13 OCT 2021
Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos,
obras o actividades”
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL
DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el
artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 1084 de 5 de
octubre de 2020 y Acta de Posesión de 13 de octubre de 2020 y,
CONSIDERANDO
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DANCP
Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y
2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del
Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.
Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de
Consulta Previa, y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de
Consulta Previa y Corporativa.
Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado decreto, le asignó a la Subdirección Técnica
de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función
de “Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de
medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o
actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los
estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran”.
Que, en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente
acto administrativo, se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la consulta
previa para el caso en concreto.
ANTECEDENTES
Que mediante oficio radicado EXTMI2021-15125 del 14 de septiembre del año 2021, el
señor PIO ADOLFO BARCENA VILLARREAL, identificado con cédula de ciudadanía No.
72.174.746, en calidad de Gerente de la empresa HELIOS ENERGIA S.A. E.S.P.,
identificada con el Nit 901.042.368 - 3, y dentro del trámite de aprobación de proyectos de
electrificación rural en zonas no interconectadas ZNI Juan de Acosta, ante el Instituto
de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para Zonas no interconectadas
IPSE, solicitó ante esta Autoridad procedencia de la consulta previa para el proyecto
denominado: IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS AUTÓNOMOS DE GENERACIÓN DE
ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA PARA LA GENERACIÓN DE VIVIENDAS EN LAS
ZONAS RURALES NO INTERCONECTADAS DEL MUNICIPIO DE JUAN DE ACOSTA”,
localizado en el municipio de Juan de Acosta, en el departamento de Atlántico.

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