RESOLUCION 1383 RD 4574 - 5 de Enero de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438364338

RESOLUCION 1383 RD 4574

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4574 5 ENERO 2011
EmisorEmpresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 45 • Número 4574 • pP. 1-6 • 2011 • ENERO 5
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EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO
DE BOGOTÁ ESP.
Resolución Número 1383
(Diciembre 31 de 2010)
Por la cual se delegan funciones en la Empresa
de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP.
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE
BOGOTÁ ESP.,
en ejercicio de sus facultades estatutarias, en
especial las conferidas en el artículo 9º de la
Ley 489 de 1998 y el literal c), j), l), n) del artículo
16 y sus parágrafos del Acuerdo 11 de 2010 y el
artículo 1º del Acuerdo No. 19 de 2010, respecti-
vamente, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 209 de la Consti-
tución Política de Colombia, “La función administrativa
está al servicio de los intereses generales y se desa-
rrolla con fundamento en los principios de igualdad,
moralidad, ecacia, economía, celeridad, imparcialidad
y publicidad, mediante la descentralización, la delega-
ción, y la desconcentración de funciones”.
Que el artículo 9º de la ley 489 de 1998, desarrolla el
anterior principio constitucional al preceptuar que “Las
autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto
en la Constitución Política y de conformidad con la
presente ley, podrán mediante acto de delegación,
transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores
o a otras autoridades, con funciones anes o comple-
mentarias”.
Que el inciso 2o. del artículo 9º de la referida ley, seña-
la que “(…) los representantes legales de las entidades
que posean una estructura independiente y autonomía
administrativa podrán delegar la atención y decisión
de los asuntos a ellos conados por la ley y los actos
orgánicos respectivos, en los empleados públicos de
los niveles directivo y asesor vinculados al organismo
correspondiente con el propósito de dar desarrollo a
los principios de la función administrativa enunciados
presenta Ley.”
Que la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y
Alcantarillado de Bogotá –ESP, expidió los Acuerdos
11 del 13 de septiembre y 19 y 28 de octubre de 2010,
respectivamente estableciendo el marco estatutario de
la empresa facultando al Gerente General para delegar
funciones en los servidores públicos de los niveles
directivo y asesor.
Que la EAAB ESP para dar una adecuada cobertura
al servicio y cumplir de manera eciente y oportuna
con la gestión pública y administrativa, requiere delegar
algunas funciones en servidores del nivel directivo y
asesor de la EAAB ESP, en temas relacionados con las
actividades propias de sus competencias funcionales.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar la representación
judicial de la EAAB ESP en la (el) Jefe de la Ocina
Asesora de Representación Judicial y Actuación Admi-
nistrativa, en las actuaciones judiciales, extrajudiciales
y arbitrales en que sea parte la empresa. En ejercicio
de dicha facultad podrá:
1. Noticarse y constituir apoderados para que ejer-
zan la representación judicial y extrajudicial de la
EAAB ESP, en los procesos que se adelanten ante
la jurisdicción ordinaria, administrativa, arbitral o
policiva y en las audiencias de conciliación judi-
cial y extrajudicial y conferirles las atribuciones
necesarias en los términos y con las limitaciones
legales y estatutarias .
2. Actuar como representante legal de la EAAB
ESP en las audiencias de conciliación judicial y
extrajudicial en que sea convocada o sea parte la
empresa, sin perjuicio de la representación legal
especial delegada por el Gerente General a los
Gerentes Corporativos o a otros funcionarios del
nivel directivo de conformidad con sus funciones
y competencias.
3. Interponer en forma directa o a través de apode-
rado judicial ante la autoridad competente las
querellas relacionadas con la comisión de defrau-
dación de uidos.
PARÁGRAFO.- Delegar la representación legal espe-
cial en el Secretario General, los Gerentes Corporati-
vos de Gestión Humana y Administrativa, Financiero,
de Sistema Maestro, de Servicio al Cliente, Ambien-
tal, de Planeamiento y Control y en los Gerentes de
Tecnología y Jurídico, así como en los Directores de
Seguridad, Servicios Administrativos y de Contratación
y Compras, en todos los asuntos relacionados con la
conciliación judicial y extrajudicial de las actividades
propias de la respectiva área de su competencia.
La actuación como representante judicial y extrajudi-
cial y como representante legal especial se sujetará a
los lineamientos y decisiones adoptadas por el Comité
de Conciliación de la EAAB ESP.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Delegar la ordenación del
gasto y del pago y la gestión o celebración de con-
venios y contratos de la EAAB ESP, en el Secretario

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