RESOLUCION 161 RD 3821 - 21 de Agosto de 2007 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445778606

RESOLUCION 161 RD 3821

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3821 21 AGOSTO 2007
EmisorSecretaria Distrital de Desarrollo Económico
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 41 • Número 3821 • pP. 1-6 • 2007 • AGOSTO 21
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RESOLUCIONES DE 2007
SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
Resolución Número 161
(Agosto 17 de 2007)
“Por la cual se crea el Comité de Gestión Docu-
mental y Archivo de la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico”.
LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO
ECONÓMICO,
en uso de sus atribuciones legales y reglamenta-
rias, en especial de las conferidas en los artícu-
los 23 y 78 del Acuerdo 257 de 2006 y en el
artículo 5 del decreto 552 de 2006,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 19 del Acuerdo No. 07 de 1994 expedi-
do por la Junta Directiva del Archivo General de la
Nación “Por el cual se adopta y se expide el reglamen-
to general de archivos”, modificado por el artículo 4
del Acuerdo 12 de 1995 proferido por la misma junta,
establece la creación del Comité de archivo, indican-
do que “cada entidad establecerá un Comité de Archi-
vo, legalizado mediante el acto administrativo corres-
pondiente, como un grupo asesor de la alta dirección,
responsable de definir las políticas, los programas de
trabajo y de la toma de decisiones en los procesos
administrativos y técnicos de los archivos”.
Que igualmente en el parágrafo del mencionado artículo
se estableció que “el Comité de Archivo estará confor-
mado, entre otras por las siguientes personas: El fun-
cionario de nivel directivo o ejecutivo del más alto nivel
jerárquico de quien dependa de forma mediata el archi-
vo de la entidad (Secretario General o Subdirector Ad-
ministrativo, entre otros) o su delegado, quien lo presi-
dirá; el jefe de la Oficina Jurídica o su delegado; el jefe
de la Oficina de Planeación o su delegado; el jefe de la
Unidad de Organización y Métodos o su delegado; el
jefe de la dependencia productora de los documentos
que se evaluarán y el jefe de la unidad administrativa u
operativa del archivo, quien actuará como secretario.
Además podrán asistir como invitados aquellos funcio-
narios o particulares que puedan aportar elementos de
juicio necesarios en las sesiones correspondientes (jefe
de la Unidad de Control Interno, técnicos, historiadores
o usuarios externos, entre otros). En las entidades don-
de no existan estos funcionarios serán integrantes del
Comité de Archivo aquellos funcionarios que desempe-
ñen labores similares o afines”.
Que el artículo 8° de la ley 594 de 2000 “por medio de
la cual se dicta la ley general de archivos y se dictan
otras disposiciones”, incluyó a las entidades del orden
distrital dentro de la clasificación de los archivos terri-
toriales.
Que la ley 594 de 2000, en su artículo 10º indicó que
“la creación de los archivos contemplados en los artí-
culos 8º y 9º de esta ley, así como los archivos de
los organismos de control y de los organismos autóno-
mos será de carácter obligatorio.
Que el Decreto 4124 de 2004 “Por el cual se reglamen-
ta el Sistema Nacional de Archivos, y se dictan otras
disposiciones relativas a los archivos privados” en su
artículo 2º establece las instancias del articulación
del Sistema Nacional de Archivos, indicando que “en
el nivel distrital el órgano coordinador es el Archivo
General del Distrito; el órgano asesor el Consejo Distrital
de Archivos y los órganos ejecutores, los archivos de
las entidades públicas, archivos de las entidades pri-
vadas que cumplen funciones públicas, archivos pri-
vados de interés público y los demás archivos priva-
dos que acogiendo la normatividad relativa a los pro-
cesos archivísticos manifiesten su voluntad de hacer
parte del Sistema”.
Que la circular No. 041 del 2 de noviembre de 2001,
proferida por la Secretaría General de la Alcaldía Ma-
yor de Bogotá, prevé la elaboración y adopción de las
Tablas de Retención Documental de las entidades
distritales, con el fin de dar cumplimiento a lo consa-
2000 “Ley General de Archivos” y a la circular externa
No.001-2001 emanada por el Archivo General de la
Nación, las cuales establecen la obligatoriedad para
todas las entidades del Estado de elaborar y aplicar
las Tablas de Retención Documental.
Que mediante el Decreto 475 de 2006 se creó el Con-
sejo Distrital de Archivos de Bogotá D.C., como orga-
nismo encargado de orientar la función archivística
en el Distrito Capital y de velar por el cumplimiento de
las políticas y normas trazadas por el Archivo Gene-
ral de la Nación y el Archivo de Bogotá.
Que el Concejo de Bogotá, mediante el Acuerdo 257
del 2006, artículo 75 , creó la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico, como un organismo de la Al-
caldía Mayor de Bogotá D.C., entidad que de confor-
midad con las normas anteriormente mencionadas debe
crear su archivo y por lo tanto establecer el Comité
que fije las políticas, estrategias y programas en ma-
teria archivística que permitan la consolidación del
mismo.
Que el artículo 26 del decreto 552 de 2006 “Por el cual
se determina la estructura organizacional, las funcio-

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