RESOLUCION 260 RD 4030 - 1 de Agosto de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445784362

RESOLUCION 260 RD 4030

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4030 1 AGOSTO 2008
EmisorSecretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 4030 • pP. 1-59 • 2008 • AGOSTO • 1
rrolladas y propuestas por la entidad sin ánimo de
lucro con las actividades planeadas para realizar por
La Orquesta Filarmónica de Bogotá en el marco del
Plan de Desarrollo “Bogotá Positiva: Para vivir mejor”,
conforme lo certi có la Directora de La Orquesta Filar-
mónica de Bogotá.
Que la Dirección de Arte Cultura y Patrimonio de la
Secretaría emitió concepto técnico favorable al conte-
nido del Proyecto presentado por la entidad sin ánimo
de lucro y que será objeto de apoyo por parte de la
Orquesta Filarmónica de Bogotá.
Que el valor total del contrato es la suma de $61807473.
oo, con cargo a las disponibilidades presupuestales No.
D-00747 y D-00743 de junio 27 de 2008, del rubro
Fomento de las Prácticas Artísticas, suscrito por el
Responsable de Presupuesto de La Orquesta Filar-
mónica de Bogotá.
Que La Orquesta Filarmónica de Bogotá, sustentó la
realización del convenio, certi có la IDONEIDAD de la
entidad sin ánimo de lucro
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Autorizar a La Orquesta Fi-
larmónica de Bogotá, para celebrar un Contrato de
Apoyo con la Fundación Cultural Jaime Manzur para
el Desarrollo de las Artes Escénicas cuyo objeto
es “Apoyar a la entidad sin ánimo de lucro Fundación
Cultural Jaime Manzur para el Desarrollo de las Artes
Escénicas para la realización del proyecto “Temporada
Lírica 2008 y Cuentos Infantiles en marionetas Funda-
ción Jaime manzur”, de conformidad con la propuesta
presentada, la cual forma parte integral del contrato, en
el marco del Plan de Desarrollo “Bogotá Positiva: Para
vivir mejor”, por un valor de $61807473,oo, con cargo
a las disponibilidades presupuestales No. D-00747 y
D-00743 de junio 27 de 2008, del rubro Fomento de
las Prácticas Artísticas, suscrito por el Responsable de
Presupuesto de La Orquesta Filarmónica de Bogotá.
PARAGRAFO: La Orquesta Filarmónica de Bogotá,
veri cará al momento de la suscripción del contrato
de apoyo, el cumplimiento de todos y cada uno de los
requisitos exigidos por el artículo 355 de la Constitución
Política y los Decretos 777 y 1403 de 1992.
ARTICULO SEGUNDO.- La Orquesta Filarmónica
de Bogotá atenderá las observaciones y recomenda-
ciones contractuales realizadas con el estudio de la
presente autorización.
ARTICULO TERCERO.- La presente resolución de-
berá ser comunicada a La Orquesta Filarmónica de
Bogotá.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del
mes de julio de dos mil ocho (2008).
CATALINA RAMÍREZ VALLEJO
Secretaria de Despacho
Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Resolución Número 260
(Julio 21 de 2008)
“Por medio de la cual se otorga una autorización
a La Orquesta Filarmónica de Bogotá».
LA SECRETARIA DISTRITAL DE CULTURA,
RECREACIÓN Y DEPORTE,
en uso de las facultades legales que le han sido
conferidas, en especial las contempladas por el
Artículo 4º del Decreto Nacional 777 de 1992, en
el Acuerdo 257 de 2006, expedido por el Concejo
de Bogotá y los Decretos Distritales Nos. 558 de
2006 y 55 de 2007 y,
CONSIDERANDO:
Que el Inciso Segundo del Artículo 355 Constitucional,
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recursos
del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el n de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional
de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración
de los contratos a que se re ere el Inciso Segundo del
Artículo 355 Constitucional mediante el Decreto 777
de 1992, modi cado por el Decreto 1403 del mismo
año.
Que el Artículo 4° del Decreto 777 de 1992, modi cado
por el Artículo 4° del Decreto 1403 de 1992, establece
que «Para efectos de que un establecimiento público,
una empresa industrial y comercial del Estado o una
sociedad de economía mixta sujeta al régimen de
las empresas industriales y comerciales del Estado,
pueda celebrar un contrato de aquellos que regula
el presente Decreto, será necesario que la respec-
tiva entidad descentralizada obtenga la autorización
expresa del representante legal de la Nación o de la
entidad territorial correspondiente, según sea del caso,
o de las autoridades que actúen como delegatarias de
funciones del mismo en materia contractual. Lo anterior
se entiende sin perjuicio de que el contrato cumpla los

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