RESOLUCION 375 RD 4082
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 4082 20 OCTUBRE 2008 |
Emisor | Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4082 • pP. 1-5 • 2008 • OCTUBRE • 20
lucro con las actividades planeadas para realizar por
Instituto Distrital del Patrimonio Cultural en el marco del
Plan de Desarrollo “Bogotá Positiva: Para vivir mejor”,
conforme lo certifi có el Director General de Instituto
Distrital del Patrimonio Cultural.
Que la Subdirección de Prácticas Artísticas y del Pa-
trimonio de la Dirección de Arte Cultura y Patrimonio
de la Secretaría emitió concepto técnico favorable al
contenido del Proyecto presentado por la ASOCIA-
CION DE AMIGOS DEL MUSEO NACIONAL y que
será apoyado por el Instituto Distrital del Patrimonio
Cultural.
Que El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural -
IDPC- apoyará la ejecución del proyecto con la suma
de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE
PESOS MCTE ($155.000.000) incluidos los impuestos
a que haya lugar, con cargo al Certifi cado de Dispo-
nibilidad Presupuestal Nos. 406 del 23 de septiembre
de 2008.
Que Instituto Distrital del Patrimonio Cultural, sustentó
la realización del convenio, certifi có la IDONEIDAD
de la entidad sin ánimo de lucro ASOCIACION DE
AMIGOS DEL MUSEO NACIONAL.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar al Instituto Distrital
del Patrimonio Cultural, para celebrar un contrato de
apoyo con la ASOCIACION DE AMIGOS DEL MU-
SEO NACIONAL cuyo objeto es “Apoyar el proyecto
denominado “Exposiciones temporales del segundo
semestre del 2008 – Museo Nacional de Colombia” y
II Coloquio Internacional de Museos de México y del
Mundo, “Experiencias, Comunicación y Goce””, de con-
formidad con el proyecto presentado por el Contratista,
el cual se anexa y forma parte integral del contrato, en
el marco del Plan de Desarrollo “Bogotá Positiva: Para
vivir mejor”, por la suma de CIENTO CINCUENTA Y
CINCO MILLONES DE PESOS MCTE ($155.000.000)
incluidos los impuestos a que haya lugar, con cargo
al Certifi cado de Disponibilidad Presupuestal Nos. 406
del 23 de septiembre de 2008.
PARÁGRAFO: Instituto Distrital del Patrimonio Cultu-
ral, verifi cará al momento de la suscripción del contrato
de apoyo, el cumplimiento de todos y cada uno de los
requisitos exigidos por el artículo 355 de la Constitución
Política y los Decretos 777 y 1403 de 1992.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Instituto Distrital del Patrimo-
nio Cultural atenderá las observaciones y recomenda-
ciones contractuales realizadas con el estudio de la
presente autorización.
ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige
a partir de su expedición y deberá ser comunicada al
Instituto Distrital del Patrimonio Cultural.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días
del mes de septiembre de dos mil ocho (2008).
CATALINA RAMÍREZ VALLEJO
Secretaria de Despacho
Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Resolución Número 375
(Septiembre 25 de 2008)
“Por medio de la cual se otorga una autorización
a la Orquesta Filarmónica de Bogotá”.
LA SECRETARIA DISTRITAL DE CULTURA,
RECREACIÓN Y DEPORTE,
en uso de las facultades legales que le han sido
conferidas, en especial las contempladas por el
Artículo 4º del Decreto Nacional 777 de 1992, en
el Acuerdo 257 de 2006, expedido por el Concejo
de Bogotá y los Decretos Distritales Nos. 558 de
2006 y 55 de 2007 y,
CONSIDERANDO:
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recursos
del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el fi n de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional
de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebra-
ción de los contratos a que se refi ere el Inciso
Segundo del Artículo 355 Constitucional mediante
el Decreto 777 de 1992, modifi cado por el Decreto
1403 del mismo año.
Que el Artículo 4° del Decreto 777 de 1992,
modifi cado por el Artículo 4° del Decreto 1403
de 1992, establece que “Para efectos de que un
establecimiento público, una empresa industrial
y comercial del Estado o una sociedad de eco-
nomía mixta sujeta al régimen de las empresas
industriales y comerciales del Estado, pueda
celebrar un contrato de aquellos que regula el pre-
sente Decreto, será necesario que la respectiva
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