RESOLUCION 111 RD 5109 - 29 de Abril de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 489194170

RESOLUCION 111 RD 5109

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5109 29 ABRIL 2013
EmisorSecretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5109 • pP. 1-11 • 2013 • ABRIL 29
SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y
DEPORTE
Resolución Número 111
(Abril 15 de 2013)
“Por medio de la cual se delegan algunas fun-
ciones en materia de contratación estatal, or-
denación del gasto y del pago, se designan
responsables de los proyectos de inversión y se
delegan otras competencias en funcionarios de
la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y
Deporte.”
LA SECRETARIA DE DESPACHO
En ejercicio de sus atribuciones constituciona-
les y legales y en especial las conferidas en los
artículos 209 y 211 de la Constitución Política
de Colombia, artículos 9º a 12º de la Ley 489 de
1998, artículo 12 de la Ley 80 de 1993 (adicio-
nado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007),
artículo 8.1.6 del Decreto 734 de 2012, artículo 60
del Decreto 714 de 1996, artículo 60 del Decreto
854 de 2001, artículo 1° del Decreto 101 de 2004,
Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá y el
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en los artículos
la ley jará las condiciones para que las autoridades
administrativas puedan delegar funciones en sus sub-
alternos, estableciendo que “la delegación exime de
responsabilidad al delegante, la cual corresponderá ex-
clusivamente al delegatario cuyos actos o resoluciones
podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo
la responsabilidad consiguiente”.
Que así mismo, la Ley 489 de 1998, en su artículo
9º prescribe que “las autoridades administrativas, en
virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de
conformidad con la presente ley, podrán mediante acto
de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus
colaboradores o a otras autoridades, con funciones
anes o complementarias. (...)”.
Que el artículo 60 del Decreto 714 de noviembre 15 de
1996 o “Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital”,
consagra que “La ejecución pasiva del presupuesto
se realizará mediante la adquisición de compromisos
y ordenación de gastos que cumplan los requisitos se-
ñalados en las disposiciones vigentes. La ordenación
de gastos conlleva la ordenación del pago”.
Que el artículo 87 del citado Decreto contempla que
“Los órganos y entidades que conforman el presu-
puesto anual del Distrito Capital, tendrán la capacidad
de contratar y comprometer a nombre de la persona
jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en
desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su
presupuesto, lo que constituye la autonomía presu-
puestal a que se reeren la Constitución Política y la
Ley. Estas facultades estarán en cabeza del jefe de
cada entidad, quien podrá delegarlas en funcionarios
del nivel directivo y serán ejercidas teniendo en cuenta
las normas consagradas en el Estatuto General de
Contratación de la Administración Pública y en las
disposiciones legales vigentes”.
Que en los artículos 12 y 25 de la Ley 80 de 1993, adi-
cionado el primero de los mencionados por el artículo
21 de la Ley 1150 de 2007, y de conformidad con el
artículo 8.1.6 del Decreto 734 de 2012, se faculta al
representante legal de la entidad estatal, para delegar
la realización de todos los actos y trámites inherentes
a los procesos contractuales para la celebración de
contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía
de los mismos, en los funcionarios de los niveles di-
rectivo y asesor.
Que el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo
de Bogotá dene a la Secretaría Distrital de Cultura,
Recreación y Deporte como un Organismo del Sector
Central con autonomía administrativa y nanciera y,
faculta a las autoridades administrativas del Distrito
Capital para delegar el ejercicio de sus funciones a sus
colaboradores, de conformidad con la Constitución Po-
lítica y la Ley, especialmente con la Ley 489 de 1998.
Que los actos que deban expedir los funcionarios dele-
gados en materia de contratación administrativa, están
sometidos a los mismos requisitos establecidos por la
Constitución y la Ley para el Representante Legal de
la respectiva entidad, por lo que las actuaciones de
quienes intervengan en esta materia, se regulan por
los principios de transparencia, economía y respon-
sabilidad en atención a los postulados que rigen la
función administrativa.
Que mediante la Resolución No. 16 del 31 de enero de
2013, expedida por la Secretaria de Despacho de la
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte,
se delegaron algunas funciones en materia de contra-
tación estatal, de ordenación del gasto y del pago, se
designan responsables de los proyectos de inversión
y se delegan otras competencias a funcionarios del
nivel directivo, y ejecutivo, de la Secretaría.
Que mediante Decreto No. 058 del 12 de febrero de
2013, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., creó la Planta
de Empleos de Carácter Temporal de esta Secretaría.

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