RESOLUCION 228 RD 5225 - 23 de Octubre de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 489194366

RESOLUCION 228 RD 5225

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5225 23 OCTUBRE 2013
EmisorJardin Botanico de Bogota Jose Celestino Mutis
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5225 • pP. 1-1 • 2013 • OCTUBRE 23
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5225 • pP. 1-MT • 2013 • OCTUBRE 23
MT
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 47
Número 5225
2013 OCTUBRE 23
RESOLUCIÓN DE 2013
JARDÍN BOTÁNICO JOSÉ CELESTINO MUTIS
Resolución Número 228
(Octubre 18 de 2013)
“Por medio de la cual se incorporan los recursos
del Sistema General de Regalías para el bienio del
1 de enero de 2013 al 31 de diciembre del 2014 en
el Jardín Botánico José Celestino Mutis“.
EL DIRECTOR DEL JARDÍN BOTÁNICO JOSÉ
CELESTINO MUTIS
En ejercicio de la facultades legales y reglamen-
tarias, en especial de las conferidas por el De-
creto Nacional 949 en su artículo 44 y el Decreto
Distrital 182 de 2013, de la Alcaldía Mayor de
Bogotá D.C.
CONSIDERANDO:
Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Le-
gislativo 05 “Por el cual se constituye el Sistema Gene-
ral de Regalías, se modican los artículos 360 y 361 de
la Constitución Política y se dictan otras disposiciones
sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones”, el
cual fue desarrollado por la Ley 1530 de 2012 “Por la
cual se regula la organización y el funcionamiento del
Sistema General de Regalías” la cual establece en el
Título V, el Régimen Presupuestal del Sistema.
Que el Decreto 1949 de septiembre 19 de 2012 en el
artículo 44 establece respecto a la incorporación de
lós recursos del Sistema General de Regalias en los
presupuestos de las entidades públicas:
“INCORPORACIÓN EN LOS PRESUPUESTOS
DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS. Mediante Acto
Administrativo del jefe del órgano del Sistema
o entidad pública designada como ejecutora de
proyectos por los Órganos Colegiados de Adminis-
tración y Decisión, y mediante Decreto del Gober-
nador o Alcalde para las entidades territoriales que
reciban recursos de funcionamiento del Sistema
y designadas como ejecutoras de proyectos por
los Órganos Colegiados de Administración y De-
cisión, se incorporará el respectivo presupuesto
con cargo a los recursos del Sistema General de
Regalías.
Dicha incorporación se adelantará en un capítulo
independiente del presupuesto del respectivo ór-
gano o entidad, una vez se asignen los recursos
con cargo al porcentaje destinado para el funcio-
namiento del Sistema y cuando se acepte la de-
signación como ejecutor de proyecto, designación
que será adelantada por el Órgano Colegiado de
Administración y Decisión.
Los ingresos y gastos incorporados en el capítulo
independiente del presupuesto de cada órgano o
entidad tendrán para todos los efectos scales,
una vigencia igual a la del Presupuesto Bienal del
Sistema General de Regalías.
El proceso de afectación de las apropiaciones
incorporadas en los presupuestos de las entidades
con base en el inciso anterior, será el que corres-
ponda al régimen presupuestal de la respectiva
entidad, salvo en lo relacionado con la vigencia de
las apropiaciones que será igual a la del Presu-
puesto Bienal del Sistema General de Regalías”.
Que mediante la Ley 1606 de 2012, se decretó el
presupuesto del Sistema General de Regalías para
el Bienio del 1° de enero de 2013 al 31 de diciembre
de 2014, y se dictaron las disposiciones generales,
entendidas como las normas tendientes a cumplir con
los objetivos y nes del Sistema.
Que mediante el artículo 4o. de la Ley 1606 de 2012,
se realizaron las asignaciones de presupuesto a los
Fondos y Beneciarios del Sistema General de Re-
galías, entre ellos, el Fondo de Ciencia, Tecnología
e Innovación.

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