RESOLUCION REGLAMENTARIA 008 RD 6259 - 20 de Febrero de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 703995633

RESOLUCION REGLAMENTARIA 008 RD 6259

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6259 20 FEBRERO 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6259 • pP. 1-110 • 2018 • FEBRERO 20
110
Resolución Reglamentaria
Número 008
(Febrero 16 de 2018)
“Por la cual se adoptan las nuevas versiones de
algunos Procedimientos del Proceso Gestión
Administrativa y Financiera en la Contraloría de
Bogotá D.C.”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales y en especial de las conferidas por el
Acuerdo 658 de 2016, modificado por el Acuerdo
664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá
D.C., y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Artículo 269 de la Cons-
titución Política, es obligación de las autoridades
públicas, diseñar y aplicar en las entidades públicas,
métodos y procedimientos de control interno, según
la naturaleza de sus funciones, de conformidad con
lo que disponga la ley.
Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4
de la Ley 87 de 1993 “por la cual se establecen normas
para el ejercicio de control interno en las entidades y
organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”,
se deben implementar como elementos del sistema
de control interno institucional la denición de políti-
cas como guías de acción y procedimientos para la
ejecución de procesos, así como, la simplicación y
actualización de normas y procedimientos.
Que mediante Resolución Reglamentaria No. 034 del
05 de noviembre de 2014, se actualizó el Modelo Es-
tándar de Control Interno – MECI 2014, para la Contra-
loría de Bogotá D.C., de conformidad con lo dispuesto
en el Decreto 943 del 21 de mayo de 2014, en el cual
se determinan las generalidades y estructura necesaria
para establecer, implementar y fortalecer el Sistema de
Control Interno en las entidades y organismos obliga-
dos a su implementación, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 5º de la Ley 87 de 1993, en virtud del
cual se deben establecer políticas y procedimientos,
así como mecanismos de prevención, vericación y
evaluación, en procura del mejoramiento continuo de
la Administración Pública.
Que el Concejo de Bogotá D.C., expidió el Acuerdo
658 de 2016, modicado por el Acuerdo 664 de 2017,
por el cual se dictan normas sobre organización y
funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C.,
estableciendo en el artículo 6º que: “En ejercicio de
su autonomía administrativa le corresponde a la Con-
traloría de Bogotá, D.C., denir todos los aspectos
relacionados con el cumplimiento de sus funciones en
armonía con los principios consagrados en la Consti-
tución, las leyes y en este Acuerdo”.
Que el 23 de septiembre de 2015 fue publicada la NTC-
ISO 9001:2015, sustituyendo a la NTC ISO 9001:2008,
bajo la cual está certicado el Sistema de Gestión de
la Calidad de la Entidad; por tanto, este se encuentra
en proceso de transición hacia la nueva norma.
Que el Decreto 651 de 2011, que crea el Sistema
Integrado de Gestión Distrital -SIGD- y la Comisión In-
tersectorial del -SIGD-, establece el Sistema Integrado
de Gestión Distrital, como una herramienta de gestión
sistemática y transparente compuesta por el conjunto
de orientaciones, procesos, políticas, metodologías,
instancias e instrumentos que permitan garantizar un
ejercicio articulado y armónico, para dirigir y evaluar
el desempeño institucional, en términos de calidad y
satisfacción social en la prestación de los servicios a
cargo de las entidades y agentes obligados, enmar-
cada en los planes estratégicos y de desarrollo de las
entidades distritales.
Que el Decreto 652 de 2011, que adopta la Norma
Técnica Distrital NTD-SIG 001:2011, determina las
generalidades y los requisitos mínimos para estable-
cer, documentar, implementar y mantener un Sistema
Integrado de Gestión en las entidades y organismos
distritales y agentes obligados, estableciendo en el
documento anexo del citado decreto que corresponde
al Secretario(a) de Ambiente liderar la articulación
al Sistema Integrado de Gestión del Subsistema de
Gestión Ambiental” y participar en la construcción de
instrumentos y programas que deban ser incluidos en
el subsistema componente de su competencia.
Que el artículo 11 de la Resolución No. 00242 de enero
del 2014, “Por la cual se adoptan los lineamientos para
la formulación, concertación, implementación, evalua-
ción, control y seguimiento del Plan Institucional de
Gestión Ambiental –PIGA”, establece como elemento
de planicación que permite estructurar la gestión
ambiental de la entidad, entre otros, la Identicación
de Aspectos y Valoración de Impactos Ambientales,
Normativa Ambiental Especíca, así como en el artícu-
lo 13 establece los Programas mínimos a implementar
de Gestión Ambiental.
Que el 23 de septiembre de 2015 fue publicada la NTC-
ISO 9001:2015, sustituyendo a la NTC ISO 9001:2008,
bajo la cual está certicado el Sistema de Gestión de
la Calidad de la Entidad; por tanto, este se encuentra
en proceso de transición hacia la nueva norma.
Que el 23 de septiembre de 2015 fue publicada la NTC-
ISO 14001:2015, la cual establecen los requisitos del
Sistema de Gestión Ambiental.
111
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6259 • pP. 1-111 • 2018 • FEBRERO 20
Que mediante memorando 3-2017-16522 de junio 27
de 2017, la Alta Dirección comunicó la actualización
de la estructura del mapa de procesos a la Entidad
y estableció la necesidad de ajustar todos los docu-
mentos del Sistema Integrado de Gestión –SIG a este
nuevo esquema.
Que se hace necesario actualizar la Resolución Re-
glamentaria Nº 017 del 17 de junio 2016, relacionada
con la adopción de los Procedimiento del Subsistema
de Gestión Ambiental correspondientes al Plan Institu-
cional de Gestión Ambiental –PIGA dentro del Proceso
de Gestión Administrativa y Financiera de la Entidad.
Que mediante la circular 017 de 2017 correspondiente
a los lineamientos de la Alta Dirección para la vigencia
2017, sobre la responsabilidad individual y colectiva
de proteger y defender el ambiente del planeta en
el que vivimos y contribuir en el cumplimiento de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible – ODS, y fortalecer
el desarrollo de prácticas ecoecientes debe incluirse
en los nuevos procedimientos de gestión del proceso
de Gestión Administrativa y Financiera.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar las nuevas versiones
de algunos Procedimientos del Proceso Gestión Ad-
ministrativa y Financiera en la Contraloría de Bogotá
D.C. así:
No. Documento Código Versión
1
Procedimiento Elaboración, Segui-
miento y Reporte del Plan Institu-
cional de Gestión Ambiental -PIGA
PGAF-12 5.0
2Procedimiento Identificación de
Aspectos e Impactos Ambientales. PGAF-13 5.0
3Procedimiento de Identicación de
Requisitos Legales Ambientales. PGAF-14 4.0
4Procedimiento Control Consumos
Servicios Agua, Energía y Gas. PGAF-15 5.0
5Procedimiento Manejo Integral de
Residuos PGAF-16 5.0
ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los
Directores, Subdirectores, Jefes de Ocina y Gerentes,
velar por la administración divulgación y cumplimiento
de los procedimientos adoptados.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su publicación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias, en especial la
Resolución Reglamentaria No. 017 del 17 de junio
de 2016.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá a los dieciséis (16) días del mes
de febrero de dos mil dieciocho (2018).
JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA
Contralor de Bogotá D.C.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6259 • pP. 1-112 • 2018 • FEBRERO 20
112
PROCEDIMIENTO ELABORACIÓN,
SEGUIMIENTO Y REPORTE DEL PLAN
INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL
PIGA
Código formato: PGD-02-05
Versión: 11.0
Código documento: PGAF-12
Versión:5.0
Página 1 de 11
Aprobación Revisión técnica
Firma: Firma:
Nombre: Jairo Gomez Ramos Grace Smith Rodado Yate
Cargo: Director Administrativo y Financiero Directora Técnica de Planeación
Dependencia: Dirección Administrativa y
Financiera Dirección de Planeación
R.R. Nº 008 Fecha FEBRERO 16 DE 2018
1. OBJETIVO:
Establecer las actividades para la elaboración, implementación, seguimiento y reporte de los
informes requeridos por la autoridad ambiental relacionadas con el Plan Institucional de
Gestión Ambiental PIGA.
2. ALCANCE:
El procedimiento inicia con la consulta de la normatividad relacionada con la formulación del
Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA y su estructura, finaliza con el archivo en
medio físico y magnético de la información que se genere.
3. BASE LEGAL:
NORMA FECHA DESCRIPCIÓN
Ley 373 06-jun-1997 Por el cual se establece el Programa para el Uso Eficiente y Ahorro
del Agua.
Decreto 948 05-jun-1995
Por el cual se reglamentan, parcialmente, la Ley 23 de 1973, los
artículos 33, 73,74, 75 y 76 del Decreto - Ley 2811 de 1974; los
artículos 41, 42, 43, 44, 45, 48 y 49 de la Ley 9 de 1979; y la Ley 99
de 1993, en relación con la prevención y control de la
contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire.
Decreto 979 03-abril-2006 Por el cual se modifican los artículos 7°, 10, 93, 94 y 108 del
Decreto 948 de 1995.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR