RESOLUCION REGLAMENTARIA 017 RD 5858 - 22 de Junio de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 690913349

RESOLUCION REGLAMENTARIA 017 RD 5858

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5858 22 JUNIO 2016
EmisorContraloria de Bogota
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5858 • pP. 1-1 • 2016 • JUNIO 22
REGISTRO
DISTRITAL
RESOLUCIONES DE 2016
AÑO 50
Número 5858
2016 JUNIO 22
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA
Resolución Número SDH-000265
(Junio 20 de 2016)
“Por la cual se efectúa un nombramiento
ordinario”.
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE
BOGOTÁ, D.C.,
en ejercicio de las facultades legales y en
especial las conferidas por el artículo 1º del
CONSIDERANDO:
Que mediante memorando remitido por la Secretaria
Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección
del Talento Humano el nombramiento ordinario de
JHON ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO en el
cargo de Jefe Ocina código 006 grado 03, Ocina de
Noticaciones y Documentación Fiscal- Dirección de
Impuestos de Bogotá.
Que una vez revisados los requisitos establecidos en
el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Ha-
cienda, la Subdirección del Talento Humano, certica
que Jhon Alexander Barbosa Cristancho, los cumple.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Nombrar a JHON ALEXANDER
BARBOSA CRISTANCHO, identicado con cédula de
ciudadanía 79.838.193, en el cargo de Jefe de Ocina
código 006 grado 03, Ocina de Noticaciones y Docu-
mentación Fiscal–Dirección de Impuestos de Bogotá,
de la planta de personal de la Secretaría Distrital de
Hacienda, con una asignación básica mensual de $
3.737.540 y gastos de representación de $ 1.121.262.
ARTÍCULO 2°. La presente resolución rige a partir de
la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los veinte (20) días del
mes de junio de dos mil dieciséis (2016).
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ
Secretaria Distrital de Hacienda
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D. C.
Resolución Reglamentaria
Número 017
(Junio 17 de 2016)
“Por la cual se adoptan las nuevas versiones de
los Procedimientos del Subsistema de Gestión
Ambiental correspondientes al Plan Institucional
de Gestión Ambiental dentro del Proceso de
Gestión de Recursos Físicos en la Contraloría de
Bogotá D.C.”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales, en especial las conferidas en el
artículo 6 del Acuerdo 519 de 2012; y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 269 de la Consti-
tución Política de Colombia, es obligación de las au-
toridades públicas, diseñar y aplicar en las entidades
públicas, métodos y procedimientos de control interno,
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5858 • pP. 1-2 • 2016 • JUNIO 22
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según la naturaleza de sus funciones, de conformidad
con lo que disponga la ley.
Que de conformidad con los literales b) y I) del artícu-
lo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen
normas para el ejercicio de control interno en las
entidades y organismos del estado y se dictan otras
disposiciones”, se deben implementar como elementos
del sistema de control interno institucional, la denición
de políticas como guías de acción y procedimientos
para la ejecución de procesos, así como, la simpli-
cación y actualización de normas y procedimientos.
Que la Entidad mediante la Resolución Reglamentaria
No. 034 del 5 de noviembre de 2014 actualizó el Mode-
lo Estándar de Control Interno-MECI en la Contraloría
de Bogotá D.C., cuyo objetivo general es proporcionar
una estructura que especique los elementos necesa-
rios para construir y fortalecer el Sistema de Control
Interno en las organizaciones obligadas por la Ley 87
de 1993, a través de un modelo que determine los
parámetros de control necesarios para que al interior
de las entidades se establezcan acciones, políticas,
métodos, procedimientos, mecanismos de prevención,
vericación y evaluación en procura del mejoramiento
continuo de la Administración Pública.
Que en el artículo 6 del Acuerdo 519 de 2012, por el
cual se dictan normas sobre organización y funciona-
miento de la Contraloría de Bogotá D.C., se estableció
que: “En ejercicio de su autonomía administrativa le
corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C, denir
todos los aspectos relacionados con el cumplimiento
de sus funciones en armonía con los principios consa-
grados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo.”
Que el Decreto 651 de 2011, que crea el Sistema
Integrado de Gestión Distrital -SIGD- y la Comisión In-
tersectorial del -SIGD-, establece el Sistema Integrado
de Gestión Distrital, como una herramienta de gestión
sistemática y transparente compuesta por el conjunto
de orientaciones, procesos, políticas, metodologías,
instancias e instrumentos que permitan garantizar un
ejercicio articulado y armónico, para dirigir y evaluar
el desempeño institucional, en términos de calidad y
satisfacción social en la prestación de los servicios a
cargo de las entidades y agentes obligados, enmar-
cada en los planes estratégicos y de desarrollo de las
entidades distritales.
Que el Decreto 652 de 2011, que adopta la Norma
Técnica Distrital NTD-SIG 001:2011, determina las
generalidades y los requisitos mínimos para estable-
cer, documentar, implementar y mantener un Sistema
Integrado de Gestión en las entidades y organismos
distritales y agentes obligados, estableciendo en el
documento anexo del citado decreto que corresponde
al Secretario(a) de Ambiente liderar la articulación
al Sistema Integrado de Gestión del Subsistema de
Gestión Ambiental” y participar en la construcción de
instrumentos y programas que deban ser incluidos en
el subsistema componente de su competencia.
Que el artículo 11 de la Resolución No. 00242 de enero
del 2014, “Por la cual se adoptan los lineamientos para
la formulación, concertación, implementación, evalua-
ción, control y seguimiento del Plan Institucional de
Gestión Ambiental –PIGA”, establece como elemento
de planicación que permite estructurar la gestión
ambiental de la entidad, entre otros, la Identicación
de Aspectos y Valoración de Impactos Ambientales,
Normativa Ambiental Especíca, así como en el artícu-
lo 13 establece los Programas mínimos a implementar
de Gestión Ambiental.
Que mediante Resolución Reglamentaria 004 del 26
de enero de 2015, se adoptó la versión 3.0 de los si-
guientes Procedimientos: Procedimiento Elaboración,
Seguimiento y Reporte del PIGA, Procedimiento Iden-
ticación Aspectos e Impactos Ambientales, Procedi-
miento Control Consumos Servicios, Procedimiento
Manejo Integral de Residuos, los cuales requieren ser
ajustados ya que estos procedimientos responden al
deber que tiene la Entidad ante la Secretaría Distrital
de Ambiente (SDA).
Que la Dirección Administrativa y Financiera, evidenció
la necesidad de incluir y adoptar nuevas versiones
de los Procedimientos del Subsistema de Gestión
Ambiental correspondientes al Plan Institucional de
Gestión Ambiental – PIGA dentro del Proceso de
Gestión de Recursos Físicos – PRF.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Incluir el Procedimiento Iden-
ticación de Requisitos Legales Ambientales Código
PRF-22 Versión 3.0 y adoptar la nueva versión de los
procedimientos del Subsistema de Gestión Ambiental
correspondientes al Plan Institucional de Gestión
Ambiental –PIGA dentro del Proceso de Gestión de
Recursos Físicos-PRF:
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5858 • pP. 1-3 • 2016 • JUNIO 22
No. Documento Código Versión
1 Procedimiento Elaboración, Seguimiento y Reporte PIGA PRF-20 4.0
2 Procedimiento Identicación de Aspectos e Impactos Ambientales. PRF-21 4.0
3 Procedimiento de Identicación de Requisitos Legales Ambientales. PRF-22 3.0
4 Procedimiento Control Consumos Servicios Agua, Energía y Gas. PRF-24 4.0
5 Procedimiento Manejo Integral de Residuos PRF-25 4.0
ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de la
Dirección de Planeación gestionar la simplicación,
agilización y modernización de los procedimientos que
se adoptan, para garantizar el mejoramiento de la ges-
tión y del sistema integrado de gestión implementado
en la Entidad.
ARTÍCULO TERCERO. Es responsabilidad de los
Directores, Subdirectores, Jefes de Ocina y Geren-
tes, velar por la administración y divulgación de los
procedimientos adoptados.
ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su publicación y deroga las disposi-
ciones que le sean contrarias en especial la Resolución
Reglamentaria No. 004 de 26 de enero de 2015.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los diecisiete (17) días
del mes de junio de dos mil dieciséis (2016).
JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA
Contralor de Bogotá D.C.
PROCEDIMIENTO ELABORACIÓN, SEGUIMIENTO Y REPORTE
DEL PLAN INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL – PIGA –
Código formato: PGD-01-002
Código documento: PRF-20
Versión: 4.0
Página 1 de 12
FECHA: 13 DE JUNIO DE 2016
Aprobó elaboración o modificación Revisión técnica
Firma: Firma:
Nombre: Sandra Milena Jiménez Castaño Nombre: Biviana Duque Toro
Cargo: Director Administrativo Cargo: Director Técnico de Planeación
1. OBJETIVO(S):
Establecer las actividades para la elaboración, im-
plementación, seguimiento y reporte de los informes
requeridos por la autoridad ambiental relacionadas
con el Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA.
2. ALCANCE:
El procedimiento inicia con la consulta de la normati-
vidad relacionada con la formulación del Plan Institu-
cional de Gestión Ambiental – PIGA y su estructura,
naliza con el archivo en medio físico y magnético de
la información que se genere.

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