RESOLUCION REGLAMENTARIA 030 RD 6360 - 26 de Julio de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 736019345

RESOLUCION REGLAMENTARIA 030 RD 6360

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6360 26 JULIO 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6360 • pP. 1-6 • 2018 • JUlIO 26
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tras que dure la suspensión provisional ordenada por
esa Alta Corte otorgando a las entidades la facultad
legal para proveer transitoriamente sus empleos que
se encuentran en vacancia denitiva o temporal.
Que por razones de estricta necesidad del servicio,
excepcionalmente se procede a realizar un nombra-
miento provisional, por un término no superior a seis (6)
meses, en el cargo antes mencionado de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º-: Nombrar en provisionalidad a partir
de la fecha, al señor CESAR DIMAS PADILLA SAN-
TACRUZ, identicado con cédula de ciudadanía No.
79.238.081, en el cargo de Profesional Especializado
Código 222 Grado 27 de la Dirección Distrital de Archi-
vo de Bogotá, de la Subsecretaría Técnica, de la Se-
cretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.,
por un término no superior a seis (6) meses.
ARTÍCULO 2º-: De conformidad con los artículo
2.2.5.1.6 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modica-
do y adicionado por el Decreto 648 de 2017, la persona
señalada en el artículo 1º de la presente Resolución,
tendrá diez (10) días contados a partir de la noticación
de este acto administrativo, para manifestar si acepta el
nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del
cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación.
ARTÍCULO 3º-: Noticar el contenido de la presente
Resolución al señor CESAR DIMAS PADILLA SAN-
TACRUZ, a través de la Subdirección de Servicios
Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 4º-: Comunicar el contenido de la presente
Resolución a la Dirección de Talento Humano de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C., a través de la Subdirección de Servicios Adminis-
trativos de la misma Entidad, para los trámites legales
correspondientes.
ARTÍCULO 5º-: El presente nombramiento cuenta
con el saldo de apropiación suciente para respaldar
las obligaciones por concepto de servicios persona-
les y aportes patronales durante la vigencia scal en
curso, de acuerdo con la certicación expedida por el
Subdirector Financiero de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Distrital 816
de 2017.
ARTÍCULO 6º-: La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días
del mes de julio de dos mil dieciocho (2018).
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Reglamentaria
Número 030
(Julio 16 de 2018)
“Por la cual se implementa la Estrategia Cero
Papel de la Contraloría de Bogotá, D.C.”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C (E.F.)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales, en especial las conferidas en el
Acuerdo 658 de 2016, modificado parcialmente
por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el
Concejo de Bogotá D.C. y
CONSIDERANDO:
Que las Directivas No 02 del año 2000 y 04 del año
2012 de la Presidencia, denen los lineamientos de
la Estrategia de Gobierno en Línea, y de la política
de Cero Papel en la administración pública, respec-
tivamente.
Que el artículo 2.2.9.1.2.1 del Decreto 1078 de 2015,
Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones, establece que
los fundamentos de la Estrategia de Gobierno en
Línea, las cuales serán desarrollados a través de 4
componentes, entre los cuales se encuentra “TIC para
la Gestión”, y en este se tiene un logro denominado
“Capacidades Institucionales” que “busca desarrollar
capacidades institucionales para la prestación de
servicios a través de la automatización de procesos,
procedimientos y la aplicación de buenas prácticas de
TI”, el cual a su vez, establece criterios de desarrollo,
uno de los cuales es el “USO EFICIENTE DEL PAPEL”
que busca el ”Uso eciente de papel a través de la
denición y adopción de buenas prácticas mediadas
por TI”, todo esto, tal como está denido en el Manual
de la Estrategia de Gobierno en Línea, establecidos
en el Artículo 2.2.9.1.2.2 del Decreto 1078 de 2015.
Que en el Acuerdo 658 de 2016 del Consejo de Bogo-
tá, “Por el cual se dictan normas sobre organización
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y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se
modica su estructura orgánica e interna, se jan las
funciones de sus dependencias, se modica su planta
de personal y se dictan otras disposiciones”, en el
artículo 40 numerales 1,3,6, se otorga a la Dirección
de Tecnologías de la Información y las Comunicacio-
nes, entre otras, la función de diseñar y proponer la
política de uso y aplicación de tecnologías, estrate-
gias, y herramientas, para el mejoramiento continuo
de los procesos de la Contraloría de Bogotá, D.C.,
coordinar la aplicación a todo nivel de la organización
de los estándares, buenas prácticas y principios para
el manejo de la información y desarrollar estrategias
para el ujo eciente de la información en todos los
proceso de la Entidad.
Que la Entidad se encuentra adelantando las acciones
correspondientes para la implementación de la Estrate-
gia de Cero Papel, que incorpore instrumentos necesa-
rios para generar impacto positivo en la reducción del
consumo de elementos de papelería en las diferentes
dependencias de la Contraloría de Bogotá D.C., y
contribuir a la conservación del medio ambiente.
Que la Entidad implementará la Estrategia de Cero
Papel, mediante el desarrollo de 2 fases, las cuales
están denidas en el documento denominado “La Es-
trategia Cero Papel en la Contraloría de Bogotá, D.C”,
el cual hace parte integral de la presente resolución.
Que las actividades a realizar para la Estrategia del
Cero Papel, son concomitantes, con el Plan Institucio-
nal de Gestión Ambiental – PIGA, razón por el cual
se aunarán esfuerzos y trabajo coordinado entre los
Procesos de Gestión Documental, Gestión de Tec-
nologías de la Información y Gestión Administrativa
y Financiera, con el n de maximizar los recursos y
potencializar los resultados.
Que en mérito de le expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Implementar la Estrategia
de Cero Papel en la Contraloría de Bogotá, D.C., de
conformidad con las especicaciones contenidas en
el documento “La Estrategia Cero Papel en la Contra-
loría de Bogotá, D.C.”, el cual hace parte integral de
la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. Establecer como DÍA DE
CERO PAPEL, el primer y último miércoles de cada
mes; en los cuales, la Contraloría de Bogotá, D.C.
no generará impresiones, salvo aquellas que por
la naturaleza de la función de alguna dependencia,
se requiera. Para el efecto, se utilizaran los medios
tecnológicos disponibles para las comunicaciones
(correo institucional, mesa de servicio, comunicación
telefónica, Sistema de Gestión Documental) y demás,
que tenga la Entidad.
ARTÍCULO TERCERO. La Dirección de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones, apoyará el
proceso de implementación de la Estrategia de Cero
Papel, mediante el aprovechamiento y optimización
del uso de los recursos tecnológicos y consumo de
elementos de papelería de la Entidad.
ARTÍCULO CUARTO. Las diferentes dependencias
y los funcionarios de la Contraloría de Bogotá, D.C.,
deberán enfatizar en la aplicación de la normatividad,
procedimientos y demás directrices establecidas para
el fomento de la cultura del Cero Papel.
ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su publicación y deroga las dis-
posiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días
del mes julio de dos mil dieciocho (2018).
ANDRÉS CASTRO FRANCO
Contralor de Bogotá D.C. (E.F)

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