RESOLUCION REGLAMENTARIA 018 RD 4970
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 4970 20 SEPTIEMBRE 2012 |
Emisor | Contraloria de Bogota |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4970 • pP. 1-10 • 2012 • SEPTIEMBRE • 20
10
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Reglamentaria
Número 018
(Septiembre 18 de 2012)
“Por la cual se hace una delegación y se asigna
transitoriamente competencia para el conoci-
miento y trámite de los Procesos de Responsabi-
lidad Fiscal en la Contraloría de Bogotá, D.C.”.
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las atribuciones constitucionales,
legales y reglamentarias, en especial las que le
Constitución Política, la Ley 42 de 1993,
el Decreto Ley 1421 de 1993, Ley 489 de 1998, la
el Acuerdo 361 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política, prevé en su artículo 267
que, “el control scal es una función pública que ejer-
cerá la Contraloría General de la República, la cual
vigila la gestión scal de la administración y de los
particulares o entidades que manejen fondos o bienes
de la nación”.
Que el artículo 268 de la Carta Superior, conere
al Contralor General de la República, entre otras
atribuciones, las siguientes, “numeral 5) Establecer
la responsabilidad que se derive de la gestión scal,
imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso,
recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva
sobre los alcances deducidos de la misma.”
Que las atribuciones del Contralor General de la Re-
pública se hacen extensivas por virtud del artículo 272
de la Constitución, a los Contralores Departamentales,
Distritales y Municipales en el ámbito de su jurisdicción.
Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo
109 del Decreto - Ley 1421 de 1993, le corresponde
al Contralor de Bogotá establecer la responsabilidad
que se derive de la gestión scal.
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, establece que
las autoridades administrativas, en virtud de lo dispues-
to en la Constitución Política y de conformidad con la
Ley podrán mediante acto de delegación, transferir el
ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras
autoridades, con funciones anes o complementarias.
Que al tenor del artículo 64 de la Ley 610 del 15 de
agosto de 2000, entre otros, señala que para esta-
blecer la responsabilidad que se derive de la gestión
scal, los contralores podrán delegar esta atribución en
las dependencias que de acuerdo con la organización
y funcionamiento de la entidad, existan, se creen o se
modiquen para tal efecto.
Que el artículo 22 del Acuerdo 361 del 6 de enero de
2009, señala que el Contralor de Bogotá, D.C., me-
diante acto administrativo, podrá delegar funciones
generales o especicas del ejercicio de la vigilancia y
del control scal, en el nivel directivo o asesor.
Que mediante la Resolución Reglamentaria 011 del 12
de abril de 2010, el Contralor de Bogotá, D.C., asignó
competencias para el trámite de la Indagación Preli-
minar y de los Procesos de Responsabilidad Fiscal y
de Jurisdicción Coactiva.
Que a través de la Resolución Reglamentaria 024 del
24 de octubre de 2010, el Contralor de Bogotá, D.C.,
modicó los documentos y procedimientos del Proceso
de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva.
Que de igual manera la Ley 1474 de 2011, creó el
Procedimiento Verbal de Responsabilidad Fiscal y mo-
dicó el Procedimiento Ordinario de Responsabilidad
Fiscal, en procura de lograr decisiones oportunas.
Que el Parágrafo 2 del artículo 97 de la misma ley, esta-
bleció que con el n de tramitar de manera adecuada
el Procedimiento Verbal de Responsabilidad Fiscal,
los órganos de control podrán distribuir las funciones
en las dependencias o grupos de trabajo existentes
de acuerdo con la organización y funcionamiento de
la entidad.
Que la Contraloría de Bogotá, D.C., debe disponerse
para dar tramite al Procedimiento Verbal de Respon-
sabilidad Fiscal en un corto plazo.
Que actualmente existe un cúmulo de Procesos Or-
dinarios de Responsabilidad Fiscal cuya competencia
para decidir esta asignada al Subdirector del Proceso
de Responsabilidad Fiscal en primera instancia.
Que es necesario tomar medidas que le permitan
a la Contraloría de Bogotá, D.C., agilizar el trámite
y decisión del Proceso de Responsabilidad Fiscal,
asignando competencia de manera transitoria a otros
funcionarios del nivel directivo y asesor.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- OBJETO. Tiene por objeto
delegar transitoriamente en el Subdirector de Jurisdic-
ción Coactiva y en dos funcionarios del nivel asesor
la competencia para asumir el conocimiento, trámite
y decisión de los Procesos de Responsabilidad Fiscal
de conformidad con la norma vigente.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba