Resolución reglamentaria ejecutiva numero 010 de 2014, por la cual se suspenden los términos de las indagaciones preliminares, de los proceso de responsabilidadfiscal y de las demás actuaciones fiscales adelantadas en las dependencias de la Contraloría General de la República ubicadas en Gran Estación II - 31 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 551363090

Resolución reglamentaria ejecutiva numero 010 de 2014, por la cual se suspenden los términos de las indagaciones preliminares, de los proceso de responsabilidadfiscal y de las demás actuaciones fiscales adelantadas en las dependencias de la Contraloría General de la República ubicadas en Gran Estación II

EmisorVarios - Contraloría General de la República
Número de Boletín49381

El Contralor General de la República, en uso de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las conferidas por los artículos 267 y 268 de la Constitución Política, las Leyes 610 de 2000, 1474 de 2011, 1564 de 2012 -Código General del Proceso-, el Decreto Ley 267 de 2000 y las Resoluciones Orgánicas No. 5844 del 17 de abril de 2007 y No. 5706 del 30 de diciembre de 2005; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 de la Constitución Política, el control fiscal es una función pública que está a cargo de la Contraloría General de la República, entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal, que vigila la gestión fiscal de la Administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación;

Que el artículo 119 de la Constitución Política ordena que la Contraloría General de la República tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración;

Que por medio del artículo 268 de la Constitución Política se atribuye al Contralor General de la República la facultad para establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma;

Que de conformidad con el numeral primero del artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000, es función del Contralor General de la República "fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la vigilancia del Control Fiscal del Estado y de las demás funciones asignadas a la Contraloría General de la República de conformidad con la Constitución y la ley";

Que la Resolución Orgánica número 5706 de 30 de diciembre de 2005, reglamentó en el artículo 9º el objeto de las Resoluciones Reglamentarias, determinando en el numeral 10 que se entenderán de este tipo: "Los actos administrativos que sean necesarios para regular los asuntos internos o de funcionamiento de la Contraloría";

Que el artículo 1º de la Ley 610 de 2000 determina que el proceso de responsabilidad fiscal es el conjunto de actuaciones administrativas adelantadas por las Contralorías con el fin de determinar y establecer la responsabilidad de los servidores públicos y de los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de esta, causen por acción u omisión y en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado;

Que el...

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