Resolución reglamentaria ejecutiva número reg-eje-0016-2016 de 2016, por la cual se modifica el artículo 9º de la Resolución Reglamentaria Ejecutiva REG-EJE-0014 de 2015 - 19 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 636295989

Resolución reglamentaria ejecutiva número reg-eje-0016-2016 de 2016, por la cual se modifica el artículo 9º de la Resolución Reglamentaria Ejecutiva REG-EJE-0014 de 2015

EmisorVarios - Contraloría General de la República
Número de Boletín49849

El Contralor General de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el Decreto 267 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 119 de la Constitución Política "La Contra-loría General de la República tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración".

Que el artículo 267 de la Constitución Política consagra que "el control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación. Dicho control se ejercerá en forma posterior y selectiva conforme a los procedimientos, sistemas y principios que establezca la ley".

Que los numerales 1 y 12 del artículo 268 de la Carta Política asignan al Contralor General de la República una competencia de regulación exclusiva para "prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas los responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberán seguirse"; así como, para "dictar normas generales para armonizar los sistemas de control fiscal de todas las entidades públicas del orden nacional y territorial".

Que el artículo 2º de la Ley 42 de 1993 determina que los sujetos de control fiscal son los órganos que integran las ramas legislativa y judicial; los órganos autónomos e independientes como los de control y electorales; los organismos que hacen parte de la estructura de la administración nacional y demás entidades nacionales, los organismos creados por la Constitución Política y la Ley que tienen régimen especial; las sociedades de economía mixta; las empresas industriales y comerciales del Estado; los particulares que manejen fondos o bienes del Estado; las personas jurídicas y cualquier otro tipo de organización o sociedad que maneje recursos del Estado en lo relacionado con estos y el Banco de la República.

Que de conformidad con el artículo 6º de la Ley 42 de 1993: "Las disposiciones de...

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