Sobre la responsabilidad penal - Núm. 59, Julio 2010 - Revista Temas Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 690584761

Sobre la responsabilidad penal

AutorRodolfo Mantilla Jácome
Páginas69-86
SOBRE LA RESPONSABILIDAD PENAL
AUTOR: Rodolfo Mantilla Jácome
FECHA DE RECEPCIÓN: Octubre 4 de 2010
DIRECCIÓN: romaja@hotmail.com
RESUMEN: La presente ponencia es producto de la
investigación terminada titulada 󰜝Estudio jurisprudencial y
doctrinal: sobre la responsabilidad penal󰜞 del grupo de
hermenéutica jurídica y ha sido presentada y expuesta en el
PROGRAMA DE MAESTRÍA EN DERECHO DE FAMILA, de
la FACULTAD DE DERECHO de la UNIVERSIDAD
AUTÓNOMA DE BUCARAMANGA, el día 23 de abril de
2010.
PALABRAS CLAVES: Derecho penal, Responsabilidad
penal, Culpabilismo, Dogmática jurídica, Imputabilidad,
Inimputabilidad.
ABSTRACT: The present paper is an investigation's product
entitled "Study jurisprudence and doctrine: on the criminal
responsibility" from the group of hermeneutics, and this paper
have been present and expose on the FAMILY LAW
MAGISTER PROGRAM, from the UNIVERSIDAD
AUTÓNOMA DE BUCARAMANGA LAW SCHOOL, the 23
april of 2010.
KEY WORDS: Criminal law, Criminal responsibility, Guilt,
Legal dogmatics, Imputability.
Sobre la responsabilidad penal
NOCIONES GENERALES
a responsabilidad penal es el compromiso que le cabe a una persona por la
realización de una conducta punible. Esto significa que el Estado ejerce el
IUS PUNIENDI sobre quien infringe la ley penal previa declaración de su
responsabilidad en relación con un concreto comportamiento delictivo.
Se trata de una responsabilidad jurídica lo cual indica que debe estar
necesariamente soportada en las normativas constitucional y legal vigentes, las
cuales las deben dotar de contenido y señalar sus límites.
Cuando se indaga sobre el significado lingüístico del término 󰜔responsabilidad- se
encuentra que este es un predicado que alude al estar en cabeza de alguien algo
que le genera un compromiso que puede ser una posición (Ha sido designado
responsable de contener la epidemia), o una función (Es el responsable de
garantizar que no prospere la delincuencia en la región) o una actuación (Tiene la
responsabilidad de ordenar el ataque al enemigo) o una obligación (debe pagar los
dineros que le fueron prestados), o una consecuencia causal (debe pagar los daños
ocasionados con la realización de la actividad peligrosa).
También es usado el término responsabilidad para expresar una característica del
sujeto, ya sea en forma de atributo (es una persona responsable en el cumplimiento
de sus deberes u obligaciones, que atiende rigurosamente sus compromisos y
realiza las tareas a su cargo de manera cuidadosa y puntual) o de defecto (es un
irresponsable, no cumple sus compromisos).
Paradójicamente, en derecho estas acepciones últimas tienen un sentido contrario a
su significado social, cuando desde el punto de vista jurídico se afirma que la
persona es responsable, se está indicando que sobre ella recae un compromiso, si,
por el contrario, se afirma que es irresponsable, se le está exonerando de un
compromiso. En materia penal la responsabilidad es entonces la afirmación contra
el sujeto de merecer reproche penal por la realización de un comportamiento punible
y la irresponsabilidad del sujeto es la inexistencia de compromiso en la realización
de un acto delictivo y, por ende, ausencia de reproche penal.
Rodolfo Mantilla Jácome
L

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