Seguridad social para trabajadores por días - Núm. 1, Enero 2015 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 552824127

Seguridad social para trabajadores por días

AutorDiana Zuleta

El avance en la reglamentación de la vinculación a seguridad social de los trabajadores que laboren menos de 30 días al mes (trabajadores de tiempo parcial) abarca dos temas de importante relevancia. En primer lugar, son novedosas las reglas de afiliación y cotización para cada subsistema; lo cual lleva al segundo tema, y es que dicha reglamentación resulta restrictiva, por cuanto solo aplica a un sector específico de este tipo de trabajadores.

Para la afiliación y cotización aplican reglas especiales en cada subsistema. Conforme la Resolución 5094 de 2013 que ajustó la Planilla Integrada de Autoliquidación de Aportes (PILA), los trabajadores de tiempo parcial deben estar afiliados al régimen subsidiado en salud. En consecuencia, y dado que no hay lugar al pago de cotización en salud, la afiliación y cotización opera así:

La afiliación a pensiones, caja de compensación familiar (CCF) y riesgos laborales es responsabilidad del empleador. Si el trabajador labora para varios empleadores en el mes, cada uno deberá afiliar y pagar las cotizaciones de manera independiente.

El empleador deberá afiliar al trabajador a la administradora de fondo de pensiones que este elija. La afiliación a la CCF y ARL se hará a las entidades que el empleador elija.

Para la cotización a pensiones y subsidio familiar, el Decreto 2616 de 2013 creó la cotización mínima semanal, que equivale a ¼ del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV). Para calcular la cotización a estos subsistemas debe reportarse el total de días laborados en el mes y la base de cotización corresponderá de 1 a 4 cotizaciones mínimas semanales dependiendo del número de días laborados en el mes. Así: de 1 a 7 días laborados 1 cotización mínima semanal; de 8 a 14 días laborados 2 cotizaciones mínimas semanales, de 15 a 21 días laborados 3 cotizaciones mínimas semanales; y más de 21 días laborados 4 cotizaciones mínimas semanales (un SMLMV).

Para riesgos laborales deben reportarse 30 días laborados en el mes y el ingreso base de cotización será un SMLMV.

Adicionalmente, la manera como opera actualmente la vinculación a seguridad social de los trabajadores de tiempo parcial evidencia que la reglamentación tiene una aplicación limitada del derecho a la igualdad y el principio de universalidad consagrados en la Constitución y la ley.

El Convenio 189 de la OIT, adoptado por la Ley 1595 de 2012, establece las directrices para fortalecer el trabajo decente de los trabajadores del servicio doméstico y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR