SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL, AGRARIA Y RURAL nº T 1100102030002023-04942-00 del 17-01-2024 - Jurisprudencia - VLEX 1005547151

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL, AGRARIA Y RURAL nº T 1100102030002023-04942-00 del 17-01-2024

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTC064-2024
Fecha17 Enero 2024
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 1100102030002023-04942-00


OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Magistrado Ponente


STC064-2024

R.icación n° 11001-02-03-000-2023-04942-00

(Aprobado en sesión del diecisiete de enero de dos mil veinticuatro)


Bogotá D.C., diecisiete (17) de enero de dos mil veinticuatro (2024).


Desata la Corte la tutela que E.T.B. instauró contra la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial y el Juzgado Primero Penal del Circuito, ambos de Medellín, extensiva a la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía General de la Nación, partes, autoridades y demás intervinientes en el juicio n° 05001-60-00-203-2017-01081-01 (R.. Interno 57941).


ANTECEDENTES


  1. El convocante pidió, en suma, dejar sin efectos los fallos condenatorios de instancia (10 jun. 2019 y 22 may. 2020) o, en subsidio, «se ordene a la Honorable Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia superar los posibles defectos de la demanda y dar trámite oficioso al recurso extraordinario de casación (…)».


De los medios de prueba y el escrito inaugural se extrae que por hechos acaecidos en el año 2012 cuando fungió como abogado defensor en el proceso 2011-41374, le fue imputado por el ente acusador el delito de cohecho por dar u ofrecer (14 nov. 2017), agotado el trámite el Juzgado Primero Penal del Circuito de Medellín lo condenó a 60 meses de prisión y multa de 80 s.m.m.l.v. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 90 meses (10 jun. 2019), apeló y el Tribunal confirmó lo así resuelto (22 may. 2020), postuló casación y la Corte inadmitió la demanda (CSJ AP4669-2022, 5 oct.), acudió en insistencia ante el Ministerio Público, sin éxito (30 may. 2023), pidió el estudio de la casación oficiosa pero no fue de recibo (18 dic. 2023).


Se dolió de que tanto los funcionarios de segunda instancia como la magistratura de cierre en materia penal incurrieron en indebida valoración probatoria, lo que llevó al desenlace en su contra, razón por la cual debió darse trámite a la casación oficiosa y en ese escenario establecer su inocencia.


2. La Sala de Casación Penal de esta Corporación luego de hacer el relato de la actuación, defendió su proveído y se opuso a las pretensiones. El Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Medellín dijo atenerse a las resultas del ruego. No hubo más pronunciamientos para el momento en que esta ponencia fue proyectada.


CONSIDERACIONES


El...

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