SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 136017 del 07-03-2024 - Jurisprudencia - VLEX 1028692308

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 136017 del 07-03-2024

Sentido del falloCONFIRMA IMPROCEDENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP2683-2024
Fecha07 Marzo 2024
Tribunal de OrigenSala Penal del Tribunal Superior de Tunja
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 136017






FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS Magistrado ponente

STP2683-2024 Radicación n°. 136017 Acta No. 051



Bogotá, D.C., siete (7) de marzo de dos mil veinticuatro (2024).



I. ASUNTO



1. Se pronuncia la Sala sobre la impugnación formulada por el accionante CARLOS JULIO TIRADO HERNÁNDEZ, contra el fallo proferido el 18 de enero de 2024, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja, por medio del cual declaró improcedente, por hecho superado, la acción de tutela que presentó contra el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.


II HECHOS


2. Fueron precisados en el fallo de primera instancia, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja, en los siguientes términos:


«El accionante, recluido en la Cárcel y Penitenciaría de Alta y Mediana Seguridad El Barne de Cómbita, señala que desde agosto de 2023 ha solicitado al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja el otorgamiento de la libertad condicional. El 29 de septiembre de 2023 ingresaron al despacho ejecutor los documentos necesarios para proveer, sin que ello hubiese ocurrido, motivo por el que el 14 de noviembre de 2023 envió recordatorio con copias de la decisión judicial que le otorgó a su compañero de causa la libertad condicional, sin resolución hasta el momento.


Pretende el amparo constitucional de sus derechos fundamentales de petición, igualdad y libertad. En consecuencia, que el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja en un plazo perentorio dé respuesta de fondo, suficiente y clara a su solicitud.»



III EL FALLO IMPUGNADO



3. La Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja, mediante fallo constitucional del 18 de enero de 2024, declaró la carencia actual de objeto, por hecho superado, luego de evidenciar que, durante el trámite de la tutela el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad mediante auto interlocutorio No. 1021 el 18 de diciembre de 2023, resolvió la solicitud de libertad condicional elevada por CARLOS JULIO TIRADO HERNÁNDEZ, decisión que le fue notificada y contra la que interpuso recurso de apelación.



IV. IMPUGNACIÓN



4. CARLOS JULIO TIRADO HERNÁNDEZ, en el trámite de notificación del fallo constitucional de primera instancia, escribió «29-01-2024 apelo»; sin aludir a argumentos adicionales a los expuestos en su demanda de tutela.



V. CONSIDERACIONES



5. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015 «modificado por el Decreto 333 de 2021», en concordancia con el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, es competente esta Sala para pronunciarse sobre la impugnación interpuesta contra la sentencia adoptada en primera instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja, de quien es su superior funcional.


6. Dispone el artículo 86 de la Constitución Política, y así lo reitera el artículo 1º del Decreto 2591 de 1991, que toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por acción u omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos que la...

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