SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002019-01397-00 del 15-05-2019
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Número de sentencia | STC5953-2019 |
Número de expediente | T 1100102030002019-01397-00 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Fecha | 15 Mayo 2019 |
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
Magistrado ponente
STC5953-2019
Radicación n.° 11001-02-03-000-2019-01397-00
(Aprobado en sesión de catorce de mayo de dos mil diecinueve)
Bogotá, D. C., quince (15) de mayo de dos mil diecinueve (2019).
Se decide la acción de tutela instaurada por Cristian Vásquez Arias contra la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de P. y el Procurador Delegado en Acciones Populares, trámite al cual se vinculó a las partes y terceros actualmente intervinientes en el proceso objeto de queja constitucional.
ANTECEDENTES
1. El promotor del amparo reclamó la protección constitucional de su derecho fundamental al debido proceso, que dice vulnerado por las autoridades accionadas.
Solicitó, en consecuencia, se declarare la «nulidad del fallo de la sentencia acumulada en acción popular número 66682 31 13 001 2016 00581 02, a fin que el [Tribunal]… dé trámite inmediato a [su] alzada en [su] acción popular número 2016-672-01, la cual está acumulada a la sentencia proferida 2016 589 02 y se ordene un nuevo fallo en derecho…»; que el Procurador Delegado en Acciones Populares «pruebe y demuestre que acciones legales hizo a fin de evitar la vulneración al debido proceso… y se le ordene que cumpla su función deber, Ley 734 de 2002»; y se «escanee copias completas de todo lo actuado… a fin q[ue] obre en acción de reparación directa y ante denuncia frente a la Comisión Interamericana DDHH» (folio 1, cuaderno 1).
2. Son hechos relevantes para la definición de este asunto los siguientes:
2.1. C.V.A. interpuso una acción popular contra el Bancolombia S.A. bajo el radicado 2016-00672, cuyo conocimiento le correspondió al Juzgado Civil del Circuito de Santa Rosa de Cabal, el que en sentencia de 29 de enero de 2018 negó las pretensiones de la demanda, decisión que fue apelada.
2.2. La Sala Civil - Familia del Tribunal Superior de Pereira, en proveído de 5 de abril de 2018 admitió la alzada formulada por el coadyuvante P.C.L.D.; en auto de 26 de junio siguiente acumuló la acción popular a la radicada 2016-00581-02; y el 23 de julio de ese año, en la audiencia pública oral, declaró desiertos los recursos de apelación propuestos por C.V.A. y Javier Elías Arias Idárraga, revocó las sentencias emitidas en nueve acciones populares acumuladas, entre ellas, la citada a espacio, amparando el derecho colectivo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba