SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 109675 del 17-03-2020 - Jurisprudencia - VLEX 844655360

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 109675 del 17-03-2020

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 109675
EmisorSala de Casación Penal
Fecha17 Marzo 2020


FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente



STP-2020

Tutela 1ª Instancia n.° 109675

(Aprobado Acta No. 69)


Bogotá D.C., diecisiete (17) de marzo de dos mil veinte (2020).



VISTOS


Resuelve la Sala la acción de tutela interpuesta por el ciudadano Rodolfo Dionisio Cabeza Livingston, a través de apoderado judicial, contra la Sala de Casación Laboral, Sala de Descongestión n.° 1 de la Corte Suprema de Justicia, con ocasión de la providencia SL5159-2019 que resolvió no casar la sentencia de segunda instancia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.


Al trámite fueron vinculadas la precitada Sala Laboral, el Juzgado 33 Laboral del Circuito de esta ciudad, C. y, las demás partes e intervinientes en el marco del proceso ordinario laboral radicado n.° 110013105033201500249 01.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


R.D.C.L., por intermedio de su apoderado judicial, instauró acción de tutela contra las autoridades citadas en precedencia, con el propósito de obtener la protección de las prerrogativas constitucionales al debido proceso, seguridad social, mínimo vital, vida digna e igualdad. Las pretensiones de la demanda las sustentó en los siguientes hechos relevantes:


1. Que es beneficiario del régimen de transición del que trata el artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y, por acreditar los requisitos previstos en la Ley 71 de 1988, solicitó a C., el amparo del principio de favorabilidad, el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación por aportes, pero la entidad, mediante Resolución GNR 37263 del 15 de marzo de 2013, la negó por no haber cotizado el número de semanas mínimas exigidas para su asignación.


2. Por tal razón, promovió contra esa entidad proceso ordinario laboral, cuya pretensión estuvo dirigida a que se le declarara beneficiario de la prestación pensional y se condenara a la demandada al pago de los intereses moratorios, la indexación del retroactivo pensional, costas procesales y agencias en derecho.


3. El Juzgado 33 Laboral del Circuito de Bogotá, el 31 de diciembre de 2015, condenó a la parte demandada a reconocerle y pagarle al accionante la prestación económica solicitada y demás pretensiones. El 6 de mayo de 2016, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, al conocer de esta decisión en consulta, la revocó en su integridad.


4. El hoy accionante hizo uso del recurso extraordinario de casación, que fue decidido desfavorablemente por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, Sala de Descongestión n.° 1, mediante providencia SL5159-2019 del 27 de noviembre de 2019.


5. En criterio del demandante, la providencia de segunda instancia y la proferida en sede de casación incurren en una vía de hecho por defectos fáctico y violación directa de la Constitución, pues las demandadas se niegan a reconocer, que en...

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