SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 61724 del 20-01-2021 - Jurisprudencia - VLEX 866114214

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 61724 del 20-01-2021

Sentido del falloCONCEDE TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 61724
Número de sentenciaSTL254-2021
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha20 Enero 2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Magistrado ponente


STL254-2021

Radicación n.° 61724


Acta n.° 2


Bogotá, D.C., veinte (20) de enero de dos mil veintiuno (2021).


Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, respecto de la acción de tutela presentada por FABIO OSPITIA GARZÓN en calidad de MAGISTRADO DE LA SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA contra la SALA DE CASACIÓN CIVIL de la misma Corporación.


  1. ANTECEDENTES


El accionante instaura acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial accionada.


Refiere que contra la señora S.M.R. y otros se adelantó proceso penal por el delito de lavado de activos; que el conocimiento en primera instancia le correspondió al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bogotá, despacho que absolvió a los procesados; que dicha decisión fue apelada por la Fiscalía y el Tribunal Superior de Bogotá – Sala de Extinción de Dominio, en proveído del 18 de marzo de 2019, la revocó y en su lugar condenó a los denunciados a la pena de 300 meses de prisión y multa de 25.000 SMLMV como coautores del delito de lavado de activos agravado; que la defensa presentó recurso de alzada contra la sentencia condenatoria e igualmente invocó el recurso de casación; que en providencia del 8 de julio de 2020 la Sala de Casación Penal de esta Corte, resolvió modificar el fallo, en el sentido de condenar a la señora M.R. a la pena de 159 meses y 23 días de cárcel y multa de 12.875 SMLMV; que la condenada interpuso acción de tutela contra esa Sala de Casación, con el fin de viabilizar el recurso de casación, la cual le correspondió conocer a la Homologa Sala Civil, la que en pronunciamiento del 5 de noviembre de 2020, amparó el derecho al debido proceso de la tutelante y le ordenó a la Sala de Casación Penal que «[…] dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de este fallo, deje sin efecto el aparte del numeral quinto de la parte resolutiva del proveído de 8 de julio de 2020, según el cual, “contra esta determinación no proceden recursos” y, en el mismo término, autorice el trámite del recurso extraordinario de casación, por lo que deberá señalar cómo estará integrada la Sala encargada de definirlo».


Manifiesta el actor que la notificación del fallo se realizó a través del correo electrónico secretariacasacionpenal@cortesuprema.ramajudicial.gov.co, al que se remitió copia de la sentencia el 5 de noviembre de 2020 a las 4:00 p. m.; que la Secretaría de la Corporación se lo envió al auxiliar de su despacho al correo juanur@cortesuprema.gov.co a las 4.52 p.m. y que el aquí tutelante accedió a dicho correo electrónico a las 5:05 p.m.; que el 11 de noviembre presentó impugnación frente al fallo de tutela y en auto de esa misma fecha, el Magistrado ponente la negó por extemporánea; que solicitó la reconsideración de la decisión, la que igualmente fue negada por improcedente.


Con base en lo señalado, pide «[…] ordenar al Magistrado ponente del fallo STC9509 del 5 de noviembre de 2020, D.O.A.T.D., que deje sin efectos el auto de 11 de noviembre de 2020, en el que negó por extemporánea la impugnación interpuesta por el suscrito Magistrado en la misma fecha, y que, en su lugar, disponga su concesión».


Por auto del 15 de diciembre de 2020, esta...

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