SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 92373 del 17-03-2021
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de expediente | T 92373 |
Fecha | 17 Marzo 2021 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL2928-2021 |
FERNANDO CASTILLO CADENA
Magistrado ponente
STL2928-2021
Radicación n.°92373
Acta 10
Bogotá, D. C., diecisiete (17) de marzo de dos mil veintiuno (2021)
Decide la Sala la impugnación interpuesta por RENED CANTILLO ÁLVAREZ contra la decisión proferida el 3 de febrero de 2021 por la Sala de Casación Civil, dentro de acción de tutela que promovió frente a la SALA CIVIL FAMILIA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA, asunto que se hizo extensivo a las partes, intervinientes e interesados dentro del trámite en cuestión.
I ANTECEDENTES
La parte accionante acudió a este mecanismo excepcional en procura de que se le protejan sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por la autoridad denunciada.
Como sustento de sus peticiones, arguyó que Fredi Trujillo Culma promovió proceso ejecutivo en su contra, con el fin de hacer efectivo el pago de un cheque por valor de $300.000.000, con fecha de creación del 4 de marzo de 2019.
Manifestó que, dicho proceso correspondió al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Neiva, el cual, mediante providencia del 6 de mayo siguiente, libró mandamiento de pago a favor del ejecutante, por lo que una vez notificado de dicha decisión, propuso excepciones de fondo.
Contó que el despacho de conocimiento, en providencia del 13 de diciembre de 2019, declaró no probadas las «excepciones de fondo propuestas por el demandado», por lo que resolvió seguir adelante la ejecución.
Adujo que al estar inconforme con la precitada determinación, interpuso recurso de apelación y la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, en sentencia del 27 de noviembre de 2020, confirmó el fallo de primera instancia.
Aseguró que se le violentaron sus derechos fundamentales, toda vez que «todo título valor que haya si (sic) emitido con espacios en blanco, deberá ser complementado conforme a las instrucciones escritas autorizadas para ello, y no como lo indicó el Tribunal accionado en la sentencia, qué no era necesario la existencia de la carta de instrucciones, razones por las cuales se dice que hubo una indebida aplicación e interpretación errónea del artículo 622 comercial».
Finalmente, destacó que el colegiado cuestionado aplicó «erróneamente la norma del artículo 622 del C.C, como también el artículo 717 ibídem, al confirmar la sentencia de primera instancia de fecha 13 de diciembre de 2019, proferida por el Juzgado Segundo (2) Civil del Circuito de Neiva».
Así las cosas, solicitó la protección de sus derechos constitucionales invocados y, en consecuencia, se dejara sin efecto la determinación dictada el 27 de noviembre de 2020 por la corporación tutelada, para en su lugar, se dicte una nueva en la que se revoque el fallo de primera instancia y «se acceda a las excepciones de fondo formuladas con el escrito de contestación de demanda».
II. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA
Mediante auto de 25 de enero de 2021, la Sala de Casación Civil admitió la acción de...
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