SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002011-02590-00 del 12-12-2011 - Jurisprudencia - VLEX 873960700

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002011-02590-00 del 12-12-2011

Sentido del falloINADMITE TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 1100102030002011-02590-00
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha12 Diciembre 2011
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Bogotá, D.C., doce (12) de diciembre de dos mil once (2011)

Ref.: 11001-02-03-000-2011-02590-00

Se pronuncia la Corte respecto de la demanda de tutela instaurada por H.C.G. contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, Fiscalía Seccional de Puerto Rico (Caquetá), la cual se hace extensiva a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

ANTECEDENTES

1. Invocando la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad, el promotor del amparo solicita decretar a su favor “la cesación de todos los efectos jurídicos tanto penales como civiles contemplados en la sentencia condenatoria” proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia; ordenar “la rehabilitación de todos mis derechos y funciones públicas de conformidad con lo establecido en el art.480 del C.P.P.”; y una vez decretada “la cesación de todos los efectos jurídicos y/o la nulidad total o parcial de todo lo actuado”, ordenar su libertad inmediata y librar la correspondiente orden de excarcelación a su favor.

2. Sustenta el amparo, en síntesis, así:

El 29 de abril de 2009 fue capturado, junto con H.I.N., como sindicados del delito de tentativa de extorsión y posteriormente puestos en libertad por términos vencidos, continuando vinculados al proceso, en el que después de concluir el juicio oral el Juzgado Segundo de Puerto Rico (Caquetá) los absolvió tras no hallarlos culpables.

El 2 de febrero de 2011 fue nuevamente capturado por el mismo delito y los mismos hechos respecto de los cuales ya había obtenido la libertad, siendo condenado, junto con I.N., esta vez por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia quien revocó la sentencia de carácter absolutorio dictada por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Puerto Rico, como coautores del delito de extorsión agravada en la modalidad de tentativa.

Censura la gestión de la Fiscalía porque a su modo de ver dicha autoridad no fue objetiva en la investigación adelantada, pues se limitó a presentar pruebas en su contra, haciendo creer que se trataba de una extorsión, sin tener en cuenta lo manifestado por él.

En suma, el fiscal que estuvo a cargo del caso omitió aplicar el artículo 142, numeral 2, de la Ley 906 de 2004, “en concordancia con el art. 9 del código civil sobre integración de normas sustanciales (…)”.

Por lo anterior, solicita tener en cuenta lo previsto en el artículo 8 de la Ley 599 de 2000 sobre prohibición de la doble incriminación y decretar la nulidad de todo lo actuado.

3. La demanda de tutela dirigida por el accionante a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura fue remitida por competencia a la Sala de Casación Penal de esta Corporación, quien a su vez la envió a la Sala de Casación Civil, tras considerar que en la queja interpuesta se incluye la providencia de 20 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR