SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 43758 del 24-02-2016
Sentido del fallo | CASA PARCIALMENTE |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 24 Febrero 2016 |
Número de expediente | 43758 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Medellín |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Número de sentencia | SP2244-2016 |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR
Magistrada ponente
SP – 2244 - 2016
R.icación 43758
(Aprobado Acta No. 46)
Bogotá D.C., febrero veinticuatro (24) de dos mil dieciséis (2016).
VISTOS:
Se pronuncia la Sala en relación con el segundo cargo de la demanda de casación interpuesta por el defensor del procesado J.A.P.R. contra la sentencia a través de la cual el Tribunal Superior de Medellín, tras revocar la sentencia absolutoria de primera instancia, condenó al mencionado por el cargo de homicidio agravado.
ANTECEDENTES:
1. Cerca de las 8 de la noche del 10 de marzo de 2011, frente a su residencia ubicada en la carrera 71 No. 97-75 del Barrio Castilla en la ciudad de Medellín, F.H.B.G. fue agredido con armas de fuego por dos hombres que arribaron al lugar en una motocicleta. Uno de ellos era J.A.P.R., conocido en la zona con el alias de T., jefe de la banda “los mondongueros”. Esta venía extorsionando a la víctima, la cual se había rehusado a pagar.
El siguiente 28 de marzo POSADA RESTREPO fue capturado en poder de la pistola marca G., modelo 31C, calibre 357 y número de identificación MVZ523. Como no contaba con permiso para portarla se le procesó y condenó por el delito de porte ilegal de armas. Y se estableció que la misma disparó uno de los proyectiles que se halló alojado en el cuerpo del occiso.
2. El 23 de diciembre de 2011 la Fiscalía le imputó a JAVIER ALBERTO POSADA RESTREPO los cargos de homicidio agravado y porte ilegal de armas. Se le impuso, en la misma fecha, medida de aseguramiento de detención preventiva. El 16 de febrero de 2012 se produjo la formulación de acusación por los mismos delitos (agravado el homicidio por las causales 4ª y 7ª del Art. 104 del C.P.) y el 9 de agosto de 2013, tras la celebración de las audiencias preparatoria y de juzgamiento, el Juzgado 23 Penal del Circuito de Medellín lo absolvió.
3. La Fiscalía y el apoderado de la víctima apelaron ese pronunciamiento y el Tribunal Superior de Medellín lo revocó, a través del fallo recurrido en casación, expedido el 6 de marzo de 2014. En su lugar, sólo por la conducta punible de homicidio agravado pues por la atentatoria de la seguridad pública se le declaró responsable en otro proceso, determinó condenar al acusado a 450 meses...
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