SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 76213 del 18-10-2017
Sentido del fallo | REVOCA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de expediente | T 76213 |
Fecha | 18 Octubre 2017 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE BOGOTÁ |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL17164-2017 |
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
Magistrado Ponente
STL17164-2017
Radicación no 76213 Acta 38
Bogotá D.C., dieciocho (18) de octubre de dos mil diecisiete (2017).
Decide la Corte sobre la impugnación interpuesta por COLPENSIONES contra la decisión proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ el 1º de septiembre de 2017, que concedió el amparo solicitado dentro de acción de tutela promovida por J.J.V.A. en contra de los juzgados VEINTE LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ y SEGUNDO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES, ambos de igual ciudad y COLPENSIONES.
El accionante presentó acción de tutela solicitando la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso, a la seguridad social al mínimo vital y a la vida digna, los cuales considera le fueron vulnerados con ocasión al proceso ordinario laboral de única instancia que instauró contra Colpensiones.
Para el efecto, manifestó que en virtud de la Resolución número 116544 del 11 de agosto de 2011, el Instituto de Seguros Sociales le reconoció la pensión de vejez de conformidad con lo reglado por el artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y el Decreto 758 de 1990, la cual fue reliquidada con Resolución número GNR 22496 del 3 de febrero de 2015 en cumplimiento de la sentencia del 16 de mayo de 2013 proferida por el Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá y confirmada por el Tribunal Superior del igual ciudad, el 18 de septiembre de 2013.
Expuso que promovió demanda ordinaria laboral de única instancia contra Colpensiones, solicitando el reconocimiento y pago del incremento del 14% por tener a su cargo y dependencia a su cónyuge, así como el pago de intereses moratorios desde la fecha en que le fue reconocida la pensión de vejez, proceso que le correspondió por reparto al Juzgado Segundo Municipal de Pequeñas Causas Laborales quien negó las pretensiones de la demanda decisión que fue confirmada en grado jurisdiccional de consulta por el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Bogotá el 3 de mayo de 2017.
Reprochó el actor la determinación de las autoridades judiciales cuestionadas, pues en su criterio incurren en la violación directa de la Constitución Política como quiera que de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional dicho derecho al incremento pensional es imprescriptible.
Por lo anterior, solicitó el amparo de sus derechos fundamentales invocados y como consecuencia de ello se revoquen las sentencias cuestionadas y en su lugar se ordene a Colpensiones el reconocimiento y pago del incremento del 14% por cónyuge a cargo a partir del 1º de junio de 2011, así como los intereses moratorios hasta que se verifique el pago.
- TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA
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