SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 73327 del 07-06-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874013308

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 73327 del 07-06-2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 73327
Fecha07 Junio 2017
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL8453-2017


F. CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


STL8453-2017

Radicación n.° 73327

Acta 20


Bogotá, D. C., siete (7) de junio de dos mil diecisiete (2017)


Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por la apoderada de CECILIA QUEVEDO MARTÍNEZ, agente oficiosa de ISAÍAS QUEVEDO MARTÍNEZ contra la sentencia de primera instancia proferida el 8 de mayo 2017 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro de la demanda de tutela que aquel instauró contra la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.



  1. ANTECEDENTES


El promotor instauró la presente solicitud de amparo para obtener el resguardo de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a la especial protección constitucional a las personas en condición de discapacidad física, psíquica, sensorial y la especial protección constitucional del adulto mayor, a la seguridad social y al mínimo vital, presuntamente vulnerados por las autoridades accionadas.


Adujo como fundamento de su petición que tiene 61 años de edad, se desempeña en el cargo de profesional universitario en la gerencia departamental del Meta de la Contraloría General de la República; es abogado, ingresó a la mencionada entidad por concurso público; que al vincularse, se le hizo un examen médico que arrojó que era apto para el servicio.



Indicó que en el mes de enero de 2017 se le sancionó disciplinariamente con la suspensión por cuatro meses sin derecho a percibir salario, lo que afectó su situación económica y mental, por lo que ha debido acudir al apoyo de sus hermanos para el pago de las consultas médicas, medicamentos y demás gastos personales durante los meses de febrero a abril del año que avanza.



Esgrimió que desde el año 2003 ha sido diagnosticado con diferentes enfermedades, tales como diabetes mellitus, hipertensión arterial y otras patologías oculares; que en el año 2011 se le dictaminó estrés laboral y posteriormente otros trastornos psicológicos y psiquiátricos por los que solicitó ser valorado por medicina laboral.



Arguyó que fue objeto de acoso laboral; que en el año 2012 solicitó el cambio de entidad promotora de salud, no obstante se suspendió el servicio por mora del empleador, motivo por el cual elevó dos solicitudes a la gerente departamental de la Contraloría General de la República en el Meta y a la directora de gestión de talento humano de la misma entidad, el 24 de agosto, el 24 de octubre y el 2 de noviembre de 2012; que la directora de control disciplinario oficio a la de talento humano el 22 de noviembre siguiente para que allegara la respuesta a la solicitud elevada por el promotor.



Narró que el 29 de enero de 2013, la directora de gestión de talento humano dijo que no recibió documento alguno del accionante, pero que ya se realizaron los pagos a Saludcoop en la autoliquidación del mes de diciembre, en el que se incluyeron los correspondientes a septiembre y octubre de esa misma anualidad; que pese a que la oficina de control interno disciplinario tuvo conocimiento que no se pagaron oportunamente los aportes a pensión en el periodo mencionado y a las conductas de acoso laboral, archivó el asunto.



Mencionó que el 13 de agosto de 2012 el actor presentó un evento coronario agudo, cuya atención se le negó por mora en el pago de aportes por el empleador; que en el periodo de junio 2011 a 2012 se le incrementó la carga laboral; en el año 2013 se le diagnosticó polineuropatía mixta sensitiva y motora severa de miembros inferiores; en el 2014 se le dictaminó enfermedad coronaria severa de un vaso, y en diciembre de ese mismo año, crisis psicótica aguda.



Afirmó que en el año 2015 se le diagnosticó: «enfermedad mental», «atrofia cerebral con microangiopatía hipertensiva», «enfermedad psicótica esquizofrenia», «farmacodependencia», «enfermedad mental trastorno de atención mental», «hipertensión arterial sistémica», «enfermedad...

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