SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 8500122080002016-00041-01 del 21-04-2016
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Fecha | 21 Abril 2016 |
Número de expediente | T 8500122080002016-00041-01 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Única de Yopal |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STC4929-2016 |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
Magistrado ponente
STC4929-2016
Radicación n.° 85001-22-08-000-2016-00041-01
(Aprobado en sesión de veinte de abril de dos mil dieciséis)
Bogotá, D. C., veintiuno (21) de abril de dos mil dieciséis (2016).
Decide la Corte la impugnación interpuesta contra el fallo proferido el dieciocho de febrero de dos mil dieciséis por el Tribunal Superior de Yopal dentro de la acción de tutela de Derly Esperanza Cruz y M.P.B. en contra del Juzgado Primero Civil del Circuito del citado Distrito Judicial, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación de Víctimas, Fondo Nacional de Vivienda, Alcaldía de Yopal, Gobernación de Casanare y Ana José Pérez Rodríguez.
I. ANTECEDENTES
A. La pretensión
En el libelo introductorio de la presente acción, los ciudadanos solicitaron el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, la vida en condiciones dignas y la vivienda, que consideran vulnerados por las autoridades accionadas, porque al interior de un trámite constitucional, en el que no se vinculó a los miembros de la comunidad «Mi nueva Esperanza», se ordenó realizar una diligencia de lanzamiento por ocupación de hecho, de un predio que habitan, por ser personas desplazadas y víctimas del conflicto armado.
Pretende, en consecuencia, que se «revoque la sentencia de tutela proferida el día 23 de septiembre de 2015, por el Juzgado Primero Civil Municipal de Yopal – Casanare y la sentencia de segunda instancia proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Yopal del día 23 de noviembre de 2015, en el marco de la acción de tutela con radicado No. 85001-31-03-2015-00095-01 interpuesta por A.J.P.R. contra la Alcaldía Municipal de Yopal, Personería Municipal de Yopal e Inspección Segunda de Policía de Yopal…
…Ordenar a las Autoridades Departamentales, M. y de cualquier autoridad de policía abstenerse de realizar el desalojo de las personas que residen en el asentamiento humano denominado Mi Nueva Esperanza, hasta tanto no se garantice el derecho fundamental a la vivienda adecuada de manera definitiva para la población víctima del conflicto armado interno, población en situación de desplazamiento forzado, madres cabeza de hogar, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, personas en condición de discapacidad, personas en condición de pobreza y demás personas en condición de vulnerabilidad que habitan parte del asentamiento humano…
B. Los hechos
1. El 11 de octubre de 2012, A.J.P.R., promovió una querella policiva de «lanzamiento por ocupación de hecho», contra personas indeterminadas, tras alegar que aquellas «ingresaron de manera violenta y abusiva», al inmueble identificado con folio de matrícula No. 470-84281, ubicado en la...
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