SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002014-00497-01 del 06-05-2014 - Jurisprudencia - VLEX 874118896

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002014-00497-01 del 06-05-2014

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha06 Mayo 2014
Número de expedienteT 1100122030002014-00497-01
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC5501-2014
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia


Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL



FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ

MAGISTRADO PONENTE


STC5501-2014

Radicación N° 11001-22-03-000-2014-00497-01

(Aprobado en sesión de treinta de abril de dos mil catorce)


Bogotá, D.C., seis (06) de mayo de dos mil catorce (2014).


Decide la Corte la impugnación del fallo de 3 de abril de 2014, proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que negó la tutela de Telmex Colombia S.A. frente a la Superintendencia de Sociedades, siendo vinculados Eladio Castiblanco Rodríguez, F.E.A., C.S. Posada, M.L.L.V., Jaime Alberto Pinzón Bautista, G.M.A., James Porfirio Guerrero, B.N.V., Á.M.G., J.C.P., A.L.P.C., W.P.M., Ó.H. y la Secretaría Distrital de Hacienda.

I. ANTECEDENTES

1. Obrando mediante apoderada, la promotora sostiene que fueron violados sus derechos al debido proceso, acceso a la administración de justicia e igualdad.


2. Atribuye la vulneración a las providencias que le negaron la entrega de unos bienes de su propiedad y la ordenaron respecto de otros de TV SAT S.A.S. en liquidación.


3. Sustenta la solicitud en los siguientes supuestos fácticos (folios 295 al 331):


    1. Que con ocasión de una oferta comercial aceptada por TV SAT S.A.S., le dio en comodato unos muebles.


    1. Que en la liquidación de esa sociedad, la Superintendencia embargó y secuestró los bienes depositados en una bodega de Ubaté, desatendiendo sus reclamaciones de separar los de propiedad de la misma, de los que fueron objeto del contrato de tenencia.


    1. Que sin éxito solicitó en varias ocasiones excluir sus elementos del trámite concursal, de conformidad con los artículos 55 y 56 de la Ley 1116 de 2006.


    1. Que el 15 de agosto de 2012, un laudo arbitral ordenó restituirle las cosas que dio a título precario.


    1. Que en auto de 24 de octubre ese año, aclarado el 13 del siguiente mes, la accionada levantó las cautelas y dispuso entregarle los muebles de los que TV SAT S.A.S. es dueña, mas no los suyos; determinación que mantuvo el 5 de diciembre posterior al desatar una reposición.


    1. Que el 8 de marzo de 2013, la encartada ordenó estarse a lo dispuesto en tales providencias, y el 8 de noviembre pasado reiteró esa decisión, que no repuso el 5 de diciembre; el 13 de enero de 2014 tampoco aclaró esta última.


4. Reclama que se dejen sin efecto los proveídos antes relacionados, se conmine a la Superintendencia a devolverle sus activos y a abstenerse de hacerlo respecto de los de TV SAT S.A.S. en liquidación.


II. RESPUESTAS DE LOS CONVOCADOS


La Superintendencia expuso que Telmex pretende que se...

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