SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 97566 del 03-04-2018
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 03 Abril 2018 |
Número de expediente | T 97566 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP4437-2018 |
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
STP4437-2018
Radicación n.º 97566
(Acta 102)
Bogotá, D. C., tres (3) de abril de dos mil dieciocho (2018).
Decide la Sala en primera instancia, por reparto de Sala Plena, la acción de tutela interpuesta por J.E.R. contra las Salas de Casación Civil, Laboral y Penal de la Corte Suprema de Justicia, en actuación que involucra a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, dentro del trámite de tutela No. 1100102300020170113300.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
De la lectura del ambiguo escrito de la demanda se extrae que JORGE EDUARDO RUBIANO presenta acción de tutela para lograr el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, al estimarlos vulnerados por la Sala de Conjueces de la Sala de Casación Laboral de esta Corporación dentro del trámite de tutela No. 1100102300020170113300 que por reparto de Sala Plena se adelantó contra las homólogas Salas de Casación Civil y Laboral.
Refiere que en ese trámite constitucional se quejó de la multa que le impuso la Sala de Casación Laboral el 6 de septiembre de 2016 mediante auto ATL6279-2016 dentro de la acción de tutela 11001020500020160107200.
Señala que en la acción de tutela que ahora reprueba No. 1100102300020170113300, mediante auto de 27 de febrero de 2018 le fue rechazada la demanda por temeraria, resultándole ello arbitrariedad y una negativa de acceso a la administración de justicia, además de una extralimitación en las funciones del C.P., quien se niega a reconocerle las prerrogativas que le fueron vulneradas con la imposición de la referida multa que le fue impuesta, la cual le resulta contraria a derecho.
En consecuencia, solicita que decrete la nulidad de todo lo actuado y se deje sin efecto el auto de 27 de febrero de 2018 proferido por la Sala de Conjueces de la Sala de Casación Laboral de esta Corporación que rechazó por temeraria una demanda de tutela.
TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA
Avocado el conocimiento del asunto, se ordenó correr traslado de la demanda a las autoridades judiciales accionadas e involucradas, para que ejercieran el derecho de contradicción.
1. Al respecto, un C. de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia indicó que no se configura la vulneración alegada por el actor, a quien le fue rechazada la demanda constitucional, radicado No. 1100102300020170113300 por temeraria, ya que los hechos reprobados ya han sido objeto de múltiples pronunciamientos, pues obran incluso más de 100 tutelas relacionadas con los mismos hechos, además de ser irrespetuoso, por lo que conforme al artículo 44 del Código General del Proceso dispuso devolverle el escrito.
2. Por su parte, un Magistrado de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia señaló que las actuaciones proferidas en las acciones de tutela que ha presentado el actor han respetado el debido proceso, sin vía de hecho alguna.
Reporta que dentro de la acción de tutela radicado No. 11001020500020160107200, en auto ATL6279-2016 de 6 de septiembre de 2016, dispuso rechazar de plano la demanda que presentó el actor contra la Sala de Casación Civil de esta Corte por temeraria. Así mismo, «condenó al...
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