SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 63789 del 20-01-2016
Sentido del fallo | CONFIRMA CONCEDE TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 20 Enero 2016 |
Número de expediente | T 63789 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Pasto |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL287-2016 |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
Magistrado Ponente
STL287-2016
Radicación n° 63789
Acta 01
Bogotá, D.C., veinte (20) de enero de dos mil dieciséis (2016).
Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, frente al fallo proferido el 3 de noviembre de 2015 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Pasto, dentro de la acción de tutela que JAIME GUERRÓN VALLEJO interpuso contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, y a la que fueron vinculados la entidad impugnante, la REGISTRADURÍA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE LA LLANADA, NARIÑO y la REGISTRADURÍA ESPECIAL DEL ESTADO CIVIL DE PASTO.
I. ANTECEDENTES
Relata el accionante que radicó escrito ante el Consejo Nacional Electoral, en el que solicitó «adelantar la investigación por la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de La Llanada, N.», para las elecciones territoriales que se llevarían a cabo en octubre de 2015; que por auto del 14 de julio y 11 de septiembre de 2015, el Magistrado ponente avocó conocimiento y con fundamento en el Decreto 1294 de 2015, requirió a la Registraduría Nacional del Estado Civil que allegara «el cruce del listado de las cédulas inscritas en el municipio en el actual proceso de inscripción para el certamen electoral del próximo 25 de octubre del año en curso, con las bases de datos que ordena el citado Decreto»; que por Resolución 1604 de 2015, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral resolvió asumir de oficio la verificación del proceso de inscripción de cédulas de 316 municipios, entre los cuales se encuentra el municipio de La Llanada, N.; que por oficios RDE-DCE-1585, RDEE-DCE-1729 y RDE-DCE-1747 del 8, 18 y 21 de septiembre de 2015, respectivamente, el Coordinador del Grupo Técnico de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, allegó al Consejo Electoral la base de datos de inscritos en el periodo 2014-2015, cruzada con otras bases de datos; que conforme a la información recaudada, el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución No. 3357 del 24 de septiembre de 2015, dejó sin efectos la inscripción de las cédulas de ciudadanía de 225 habitantes del municipio de La Llanada; que el 9 de octubre de 2015, en representación de 131 ciudadanos, interpuso recurso de reposición contra la anterior...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba