SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 11001-02-30-000-2017-00199-00 del 20-09-2017
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | STL15638-2017 |
Número de expediente | T 11001-02-30-000-2017-00199-00 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Fecha | 20 Septiembre 2017 |
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
Magistrado ponente
STL15638-2017
Radicación n.° 11001-02-30-000-2017-00199-00
Acta 34
Bogotá, D. C., veinte (20) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
Estudia la Sala, en primera instancia, la acción de tutela que promovió CARLOS ALBERTO FARIGUA CASTRO contra la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, JUZGADO CINCUENTA Y DOS PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, JUZGADO VEINTIDÓS PENAL DEL CUIRTO de esa misma ciudad, trámite que se hizo extensivo a la SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
- ANTECEDENTES
El accionante presentó queja constitucional en contra de las autoridades judiciales cuestionadas, al considerar que le están vulnerando sus derechos fundamentales a tener una familia, debido proceso, acceso a la administración de justicia y libertad.
Para el efecto manifiesta que fue procesado por el delito de fraude procesal en concurso heterogéneo y sucesivo «con el punible de obtención de documento público falso».
El conocimiento del asunto correspondió en primera instancia al Juzgado Cincuenta y Dos Penal del Circuito de Bogotá, el cual profirió sentencia de 30 de noviembre de 2007, condenándolo a una pena principal de 8 años y 6 meses de prisión, con inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 5 años. Inconforme con esta decisión el accionante presentó recurso de apelación.
Aduce que el Tribunal accionado resolvió la alzada y mediante fallo de 20 de octubre de 2008, confirmó la decisión del a quo. Contra esa determinación interpuso recurso extraordinario de casación.
La Sala de Casación Penal en proveído de 19 de mayo de 2011 inadmitió la demanda de casación, comoquiera que no cumplía con los requisitos exigidos y en la medida que tampoco se observaba violación de derechos o garantías para conocer de oficio. Agrega que hizo uso del recurso de insistencia, no obstante el mismo no fue acogido.
Sostiene el actor que en la dosificación de la pena que le fue impuesta, el incremento de la Ley 890 de 2004 fue aplicado indebidamente; que la acción penal por el delito de falsedad en documento público había prescrito días antes de que se inadmitiera la demanda de casación, razón por la cual debió casarse oficiosamente la sentencia del Tribunal.
Adicionalmente, expone que había interpuesto acciones de tutela, pero que las mismas...
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