SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T-13076 del 04-03-2003 - Jurisprudencia - VLEX 878303636

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T-13076 del 04-03-2003

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT-13076
Fecha04 Marzo 2003
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. C.A.G.A.

Aprobado Acta No. 029

Bogotá, D.C., cuatro (4) de marzo de dos mil tres (2.003).

VISTOS:

Se pronuncia la Sala sobre la impugnación interpuesta contra el fallo de tutela proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el 30 de enero del presente año, mediante el cual declaró improcedente la acción constitucional instaurada por L.C.C. a través de apoderado, quien depreca el amparo del derecho constitucional fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por la Procuraduría General de la Nación, Delegada para la Moralidad Pública.

LA ACCIÓN:

Manifiesta la accionante que con ocasión del proceso disciplinario que la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública adelanta en su contra, mediante auto de fecha 16 de diciembre de 2002 el señor P.D. fijó como procedimiento para adelantar la correspondiente investigación, el verbal, sin que - en su criterio – existiera la motivación suficiente en la providencia que permitiera deducir las razones por las cuales se adoptó dicha modalidad.

Informa que solicitó en el transcurso de la audiencia pública a la que fue citada y que se efectuó el 20 de enero de los corrientes, la nulidad de la citada decisión, en consideración a que encontraba en ella una irregularidad sustancial que afectaba el debido proceso, argumentando las razones por las cuales consideraba que el trámite a seguir era el ordinario y no al que equivocadamente se había dado inicio.

A., que dicha petición de nulidad fue resuelta en forma negativa al considerarse por el P.D. el contenido del artículo 175 inc 3º del estatuto disciplinario, en cuanto que “ si al momento de valorar sobre la decisión de apertura de investigación estuvieren dados los requisitos sustanciales para proferir pliegos de cargos se citará a audiencia”. Notificado lo resuelto en estrados, se interpuso recurso de reposición el que también fue resuelto desfavorablemente, continuándose, por el funcionario, con el trámite de la audiencia procediendo dar lectura al pliego de cargos.

Considera la accionante, que no se motivó legalmente la decisión por medio de la cual se adecuó el procedimiento a seguir en su caso, creando el funcionario por vía de interpretación un evento no previsto en la ley, para ser tratado por el procedimiento ordinario, constituyendo su determinación una vía de hecho.

Por lo anterior solicita se tutele el derecho fundamental conculcado y se ordene al señor Procurador Delegado para la Moralidad Pública adecué el trámite al procedimiento ordinario dentro de las 24 horas siguientes a la notificación del fallo.

LA ACTUACIÓN:

Expuso el accionado que el procedimiento verbal no implica restricción a las garantías del disciplinado, todo lo contrario, es en donde mayor inmediación y actividad debe procurar el operador jurídico en procura de salvar las reglas del proceso.

Afirma que la ley 734 de 2002 consagra las causas que motivan el inicio de un procedimiento verbal, así entonces, la Procuraduría no ha creado por vía de interpretación eventos distintos, por lo que en el auto del 16 de diciembre de 2002 se expresan razonadamente se inicio a la investigación disciplinaria a través de dicha ritualidad.

Ya al interior del mismo proceso se debatió el punto que motiva nuevamente la discusión, resolviéndose desfavorablemente, por lo que se acude a esta vía con la aspiración a que los argumentos rechazados en su oportunidad legal sean ahora aceptados.

Finalmente esboza que la valoración jurídica efectuada tiene el carácter de provisional pues si se afirmarán los cargos con las puntualidades probatorias y dogmáticas, todo el proceso sobraría.

En consecuencia, solicita se declare la improcedencia de la acción de tutela propuesta.

EL FALLO DEL TRIBUNAL:

Consideró el Tribunal de Bogotá que la interpretación sistemática e...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR