SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 64984 del 17-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878628913

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 64984 del 17-11-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 64984
Fecha17 Noviembre 2021
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL15772-2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


FERNANDO CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


STL15772-2021

Radicación n.° 64984

Acta 44


Bogotá, D.C., diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintiuno (2021)


Decide la Corte la acción de tutela presentada por el apoderado de LEOPOLDO SUÁREZ CARRILLO contra la SALA DE CASACIÓN CIVIL, asunto al que se vinculó a la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, al JUZGADO TREINTA Y DOS CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, a las constructoras CONSTRUVILLAGE S.A. y VILLAGE DESIGN & ARQUITEC S.C.A., a SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A., a la CÁMARA COLOMBIANA DE LA CONSTRUCCIÓN y a la ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN.




  1. ANTECEDENTES


La parte accionante acudió a este mecanismo constitucional por estimar quebrantados sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial accionada.


De las pruebas allegadas al expediente digital y del escrito de tutela se extrae que, el accionante promovió proceso ordinario de responsabilidad civil extracontractual para obtener la reparación de los daños causados con la construcción del edificio V.E. por parte de las sociedades Village Design & Arquitect S.C.A. y Construvillage S.A., entre ellos el daño emergente y lucro cesante. A su vez, deprecó se les ordenara demolieran el muro levantado para delimitar ambos predios o, en su defecto, pagarle $130.000.000 como valor de la demolición que él realizara en el evento de que no la ejecutaran.


Una vez adelantado el trámite de rigor, mediante sentencia del 28 de febrero de 2017, el Juzgado Treinta y Dos Civil del Circuito de Bogotá accedió a la pretensión de responsabilidad y únicamente condenó a las demandadas al pago de $41.095.663 por concepto de daño emergente.


Al no estar de acuerdo con la mencionada determinación, las partes interpusieron apelación y la S. Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, a través de sentencia del 26 de julio de 2017, revocó el fallo de primera instancia y, en su lugar, desestimó íntegramente lo pedido porque no se probó la causa del daño.


El apoderado judicial del demandante presentó recurso extraordinario de casación, pues, a su parecer, el ad quem incurrió en varios errores al absolver a las sociedades constructoras; de ahí que la Homóloga Civil por sentencia CSJ SC2905-2021, casó y, en sede de instancia, confirmó la determinación primigenia.


El tutelante aseguró que la S. de Casación Civil violentó las prerrogativas rogadas, toda vez que, si...

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