SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 65154 del 01-12-2021 - Jurisprudencia - VLEX 898629550

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 65154 del 01-12-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha01 Diciembre 2021
Número de expedienteT 65154
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL17027-2021
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social



IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ

Magistrado ponente


STL17027-2021


Radicado n.° 65154

Acta 46


Villavicencio, primero (1.º) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).


La Corte decide la acción de tutela que MARÍA ISABEL RINCÓN DE GÓMEZ instaura contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, actuación a la que se vincula al JUEZ DÉCIMO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.


I. ANTECEDENTES


La accionante promueve el mecanismo que ocupa la atención de la Sala con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al mínimo vital, igualdad, debido proceso y los que denominó «acceso a la justicia, seguridad social, vida digna y protección especial de personas de la tercera edad».


Para respaldar su solicitud, narra que instauró demanda ordinaria laboral contra C., el Fondo Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia y La Nación - Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para que se le reconozca la sustitución pensional como cónyuge de B.G.A. (q.e.p.d).


Refiere que el asunto se asignó al Juez Décimo Laboral del Circuito de Bogotá, autoridad que, mediante sentencia de 23 de septiembre de 2019, accedió a sus pretensiones.


Señala que se surtió el grado jurisdiccional de consulta en favor de C. y las demandadas presentaron recurso de apelación contra la decisión anterior, de modo que el expediente se remitió a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá para que resuelva lo pertinente.


Manifiesta que el 23 de noviembre de 2020 y el 19 de julio de 2021 solicitó información y celeridad en el proceso; no obstante, el Tribunal accionado hasta el momento no ha resuelto su situación jurídica.


Argumenta que la conducta de la autoridad judicial encausada constituye mora judicial injustificada que lesiona sus garantías superiores, pues tiene 81 años y quebrantos de salud.



Conforme lo anterior, solicita que se protejan las prerrogativas constitucionales que invoca y que, como medida para restablecerlas, se ordene al juez plural encausado que se pronuncie sobre las solicitudes allegadas y resuelva lo que en derecho corresponda.



La acción de tutela se admitió mediante auto de 23 de noviembre de 2021, a través del cual se corrió traslado a las autoridades convocadas para que ejercieran su defensa en el término de dos (2) días.



Durante tal lapso, la magistrada titular del despacho judicial en el que está el proceso judicial cuestionado manifestó que el 9...

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