SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 95987 del 15-12-2021
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 15 Diciembre 2021 |
Número de expediente | T 95987 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL17806-2021 |
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
Magistrado ponente
STL17806-2021
Radicación n.° 95987
Acta 48
Bogotá, D. C., quince (15) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
La Corte decide la impugnación que KAREN PAOLA RIVEROS FAJARDO interpuso contra el fallo que la homóloga Sala de Casación Civil profirió el 17 de noviembre de 2021, en el trámite de acción de tutela que promovió contra la SALA CIVIL – FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE SAN GIL y el JUEZ SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE VÉLEZ.
- ANTECEDENTES
La proponente formuló acción de tutela para lograr la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, publicidad, legalidad, imparcialidad, acceso a impartir y administrar justicia y prevalencia del derecho sustancial.
Del escrito inaugural y los elementos que conforman el expediente, se extrae que, por intermedio de apoderado general, la actora formuló demanda de resolución de contrato de promesa de compraventa contra S.P.M.M., asunto que se asignó al Juez Segundo Civil del Circuito de V..
Ante el mismo despacho judicial, la convocada a juicio formuló una demanda de igual naturaleza contra la actora, de modo que el funcionario de conocimiento acumuló ambos procesos y, por medio de sentencia de 4 de noviembre de 2020, desestimó las pretensiones de los dos escritos inaugurales. En su lugar, declaró que el contrato en controversia finalizó «por mutuo disenso» de las contratantes y ordenó a la aquí accionante que:
(…) dentro de los (5) días contados siguientes a partir de la ejecutoria de esta decisión devuelva la suma de ($72.000.000) INDEXADOS, que corresponden a ($81.360.000) como parte del precio que recibió, junto con el pago del interés legal previsto en el art. 1617 del C.C. de la forma en que la sala lo ha estimado procedente que corresponde a la tasa del 6% anual sobre la cantidad de dinero que la promitente compradora entregó, esto es, la suma de ($16.560.000).
Inconforme con la decisión, la convocante la apeló y, por medio de fallo de 20 de mayo de 2021, la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior de San Gil la modificó, en el sentido de «declarar la resolución del contrato por incumplimiento de las partes, sin indemnización de perjuicios».
Ambas litigantes formularon solicitud de aclaración, adición o corrección del anterior proveído, específicamente respecto al tema de las restituciones mutuas y, a través de decisión de 16 de julio de 2021, el Tribunal resolvió «ADICIONAR la sentencia de segunda instancia» y determinó que:
Karen Paola Riveros Fajardo deberá devolver dentro del término de 10 días siguiente a la providencia que en primera instancia disponga el obedecimiento al superior, el monto de $72.000. 000.oo, que conforme a lo resuelto en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba