SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002021-01372-01 del 31-08-2022 - Jurisprudencia - VLEX 910559323

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002021-01372-01 del 31-08-2022

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha31 Agosto 2022
Número de expedienteT 1100102040002021-01372-01
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC11469-2022



AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente


STC11469-2022

R.icación n° 11001-02-04-000-2021-01372-01

(Aprobado en sesión de treinta y uno de agosto de dos mil veintidós)


Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintidós (2022).


Se decide la impugnación formulada frente al fallo proferido el 19 de julio de 2021 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dentro de la acción de tutela que promovió Raúl Danilo Romero Pabón contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, los Juzgados Primero Penal del Circuito, Doce Penal Municipal con Función de Control de Garantías, las Fiscalías Primera Seccional adscrita al Grupo Nacional de Investigación y Judicialización de Violencia contra Niños, Niñas y Adolescentes y 48 Seccional, autoridades todas de Cartagena, trámite al que se vinculó a las partes e intervinientes en los procesos atacados.



ANTECEDENTES


1. Sin formular pretensión concreta, el promotor del amparo reclamó protección de sus garantías al debido proceso, defensa, «a recibir información», «solicitar, conocer y controvertir las pruebas», que dice vulneradas por las autoridades judiciales convocadas.


2. Son hechos relevantes para la definición del presente asunto los siguientes:


2.1. Contra Raúl Danilo Romero Pabón se adelanta proceso penal por el delito de «demanda de explotación sexual comercial de persona menor de 18 años…, en concurso material heterogéneo con el de concierto para delinquir, ambos agravados» (radicado 11001-60-000-00-2018-02211), quien se allanó a cargos, siendo condenado con sentencia de 10 de septiembre de 2019 a 21 años y 9 meses de prisión, decisión que apeló el procesado, siendo confirmada con providencia del 13 de marzo de 2020.


2.2. Contra este último fallo el condenado formuló recurso extraordinario de casación.


2.3. De otro lado, contra Raúl Danilo Romero Pabón se adelanta otro proceso penal «por el punible de acceso carnal violento» (radicación 13001-60-011-29-2015-02872), trámite que se encuentra en etapa de indagación por parte de la Fiscalía 48 Seccional de Cartagena.


2.4. En síntesis, expresó el gestor del resguardo que la Fiscalía Primera Seccional, con miras a obtener su condena, «tomó del radicado… 2015-02872… “entrevistas – declaraciones – examen forense” y los hizo… valer ante el juez de control garantías, como si fueran los mismos hechos», elementos de juicio que fueron tenidos en cuenta en las sentencias condenatorias dictadas en el proceso identificado con número de radicación 2018-02211, desconociendo que se trataba de víctimas y hechos diferentes.


RESPUESTAS DE LOS ACCIONADOS Y VINCULADOS


1. La abogada Sorel Berena Mendoza Hernández, quien fungió como defensora del accionante, solicitó conceder el amparo.


2. La Fiscalía 48 Seccional de Cartagena rindió informe.


3. El Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de esa localidad defendió la legalidad de su actuación.


4. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia informó que conoce del recurso extraordinario de casación que formuló el quejoso, el cual «se encuentra en turno para… resolver si se admite o no la demanda de casación…».


5. La Procuraduría 291 Judicial Primero Penal de Cartagena precisó que «en la medida en que existan mecanismos de defensa judicial por regla general no se activará ni tendrá vocación de análisis en sede constitucional el problema que se pretenda plantear»; y puso de presente que, en ocasión anterior, se promovió otra acción de tutela, que también cuestionaba la legalidad de las sentencias condenatorias que aquí acusa el actor.


LA SENTENCIA IMPUGNADA


El a quo decidió «rechazar la demanda de tutela… por temeridad», porque «el aspecto que trae a la vía de tutela fue analizado previamente: i) por esta Sala de Decisión de Tutelas en sentencia del 8 de septiembre de 2020 (R.. 112333) en primera instancia; y ii) por la Homóloga Sala de Casación Civil en sentencia del 30 de octubre siguiente (STC9376-2020) en segunda».


LA IMPUGNACIÓN


El promotor del resguardo reiteró sus alegaciones iniciales y añadió que «ninguna de las acciones constitucionales ya tramitadas, tuvo como objeto de análisis la pretensión actualmente reclamada».


CONSIDERACIONES


1. Al tenor del artículo 86 de la Constitución Política, la acción de tutela es un mecanismo singular establecido para la protección inmediata de los derechos fundamentales de las personas, frente a la amenaza o violación que pueda derivarse de la acción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR