SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 1 nº 85278 del 24-01-2023 - Jurisprudencia - VLEX 922670436

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 1 nº 85278 del 24-01-2023

Sentido del falloNO CASA
EmisorSALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 1
Fecha24 Enero 2023
Número de expediente85278
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Cali
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de sentenciaSL017-2023
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



MARTÍN EMILIO BELTRÁN QUINTERO

Magistrado ponente


SL017-2023

Radicación n.° 85278

Acta 01


Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de enero de dos mil veintitrés (2023).


La Corte decide el recurso de casación interpuesto por RECKITT BENCKISER COLOMBIA S.A. contra la sentencia proferida el 20 de febrero de 2019 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en el proceso ordinario laboral seguido por ROBERT DAVID QUINTANA RODRÍGUEZ, C.A.C.M., R.A.M.E. y el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUÍMICA y/o FARMACÉUTICA DE COLOMBIA – SINTRAQUIM contra la sociedad recurrente, al que fue vinculada como litisconsorte necesario la sociedad ACCIONES Y SERVICIOS S.A.


  1. ANTECEDENTES


Los mencionados demandantes llamaron a juicio a R.B. Colombia S.A., con el fin de que se declare la ineficacia de los diferentes «contratos de trabajo» suscritos por ellos con Acciones y S.S., en razón a la intermediación laboral que ejerció esta sociedad en favor de la empresa demandada y, en consecuencia, se declare que la última de las mencionadas fue la verdadera empleadora de los accionantes, quienes estuvieron vinculados a través de contratos de trabajo a término indefinido sin solución de continuidad. Asimismo, solicitaron se declare que los periodos en los que los demandantes estuvieron cesantes corresponden al disfrute de sus vacaciones.


De la misma manera, pidieron se declare que la terminación de los vínculos laborales se produjo por despidos unilaterales y sin justa causa, encontrándose pendiente por resolver el conflicto colectivo generado entre S. y R.B. Colombia S.A., por tanto, estaban amparados por el denominado fuero circunstancial, ya que eran afiliados de ese sindicato. Adicionalmente, suplicaron se declare que, para todos los efectos legales, salariales y prestacionales, se debe aplicar la convención colectiva de trabajo vigente para los años 2011-2012.


Como consecuencia de lo anterior, pretendieron que R.B. Colombia S.A. fuera condenada a reintegrarlos a los cargos que venían desempeñando a la fecha de terminación de cada uno de los contratos de trabajo, dado el desconocimiento del fuero circunstancial del que gozaban al momento del despido; igualmente al pago de los salarios dejados de percibir, prestaciones sociales de índole legal y convencional, incluyendo auxilios, primas como la de antigüedad, bonificaciones, cesantías retroactivas y aportes para seguridad social en salud, pensiones y riesgos laborales, así como los incrementos legales y extralegales, lo que resulte probado ultra o extra petita y las costas del proceso.


Como fundamento de sus pretensiones, básicamente, relataron que la sociedad Reckitt & Colman Colombia S.A. el 20 de octubre de 2002 cambió su nombre a R.B. Colombia S.A., cuyo objeto social conforme al certificado de la Cámara de Comercio de Cali, es el siguiente:


[…] A) LA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE CERAS, BARNICES, PINTURAS, BETUNES, DETERGENTES Y ARTÍCULOS PARA LA LIMPIEZA E HIGIENE; B) LA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y VENTA E IMPORTACIÓN PARA LA VENTA, DE ARTÍCULOS RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN Y USO DE BETUNES, BARNICES, CERAS, PINTURAS, DETERGENTES Y ARTÍCULOS PARA LA LIMPIEZA E HIGIENE TALES COMO EMPAQUES Y ENVASES; C) LA PRODUCCIÓN, IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS Y DE EMPAQUES Y ENVASES PARA LOS MISMOS; D) LA PRODUCCIÓN, IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE ARTÍCULOS FARMACÉUTICOS, COSMÉTICOS DE PERFUMERÍA Y DE MATERIAS QUÍMICAS PARA USO INDUSTRIAL, FARMACÉUTICO, MEDICINAL O PERFUMERÍA; E) LA INVERSIÓN EN SOCIEDADES COMERCIALES QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES SIMILARES Y/O COMPLEMENTARIAS, LA SOCIEDAD TAMBIÉN PODRÁ PRODUCIR, IMPORTAR, EXPORTAR COMPRAR, VENDER, DISTRIBUIR, COMERCIALIZAR Y PUBLICITAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS MEDICAMENTOS DE TODO TIPO, DISPOSITIVOS MÉDICOS MATERIAL MÉDICO QUIRÚRGICO, PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL Y PROTECCIÓN DE LA SALUD; F) LA SOCIEDAD PODRÁ ADQUIRIR A CUALQUIER TÍTULO Y ENAJENAR DE CUALQUIER FORMA BIENES RAÍCES, CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES, BIENES MUEBLES NECESARIOS O CONVENIENTES AL DESARROLLO DE SU OBJETO SOCIAL; G) TOMAR O DAR EN ARRENDAMIENTO BIENES RAÍCES O MUEBLES EN DESARROLLO DE SU OBJETO, LA SOCIEDAD PODRÁ CELEBRAR Y EJECUTAR TODA CLASE DE ACTOS Y CONTRATOS QUE TENGAN RELACIÓN DIRECTA CON LOS FINES MENCIONADOS EN LOS LITERALES PRECEDENTES.


Explicaron que en la compañía R.B. Colombia S.A. existe el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Química y/o Farmacéutica de Colombia – S. Seccional Cali, con quien se suscribió la convención colectiva de trabajo vigente entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2012.


El codemandante R.D.Q.R. manifestó que celebró diferentes contratos de trabajo con Acciones y S.S., para desempeñar el cargo de «operario» en la empresa R.B. Colombia S.A., a partir del 22 de mayo de 2007 al 28 de diciembre de 2012, así:


N° de contrato

Fecha de inicio

Fecha de terminación

361001

22 de mayo de 2007

23 de diciembre de 2007

407629

02 de enero de 2008

21 de diciembre de 2008

496118

13 de enero de 2009

19 de diciembre de 2009

688576

04 de enero de 2010

24 de octubre de 2010

568578

02 de noviembre de 2010

15 de noviembre de 2010

654524

03 de enero de 2011

30 de diciembre de 2011

772230

02 de enero de 2012

28 de diciembre de 2012


Advirtió que entre sus funciones se encontraba la fabricación de los productos propios de la empresa R.B. Colombia S.A., junto con el análisis físico-químico de los mismos y «la sanetización (sic) y regeneración de las plantas de agua desmineralizada». Señaló que quienes fungían como sus jefes directos en la empresa demandada eran J.C.O., supervisor de producción, A.F., supervisor de planta y A.A.H., supervisor de mezclas.


A su turno, el accionante C.A.C.M. puso de presente que celebró diferentes contratos con Acciones y Servicios S.A., para desempeñar el cargo de «operario» en favor de R.B. Colombia S.A., desde el 31 de julio de 2007 hasta el 28 de diciembre de 2012, en los siguientes periodos:


N° de contrato

Fecha de inicio

Fecha de terminación

375981

31 de julio de 2007

23 de diciembre de 2007

Desconocido

02 de enero de 2008

26 de octubre de 2008

474797

05 de noviembre de 2008

21 de diciembre de 2008

490818

02 de enero de 2009

21 de diciembre de 2009

565555

04 de enero de 2010

26 de diciembre de 2010

653161

03 de enero de 2011

23 de diciembre de 2011

772944

02 de enero de 2012

28 de diciembre de 2012


Aseveró que sus funciones consistían en la reparación y adición de materias primas para la elaboración de «vanish», manejo de la máquina mezcladora y la preparación de «Sanpic, Woolite», que era el objeto social de R.B. Colombia S.A., no de Acciones y S.S., además, explicó que su jefe era el señor Aldemar A. Hernández, supervisor de mezclas de la empresa demandada.


Del mismo modo, el demandante R.A.M.E. narró que celebró varios contratos con Acciones y S.S. para desempeñar el cargo de «operario» en favor de R.B. Colombia S.A., entre el 11 de febrero de 2002 y el 28 de diciembre de 2012, de la siguiente manera:


No de contrato

Fecha de inicio

Fecha de terminación

5816

11 de febrero de 2002

22 de diciembre de 2002

2

24 de diciembre de 2002

31 de julio de 2003

144082

14 de agosto de 2003

30 de agosto de 2003

147453

18 de septiembre de 2003

28 de septiembre de 2003

149991

10 de octubre de 2003

03 de noviembre de 2003

154764

18 de noviembre de 2003

31 de diciembre de 2003

165480

03 de enero de 2004

15 de agosto de 2004

199815

11 de septiembre de 2004

31 de diciembre de 2004

213210

06 de enero de 2005

30 de diciembre de 2005

273941

01 de enero de 2006

30 de diciembre de 2006

336168

09 de enero de 2007

30 de diciembre de 2007

407596

02 de enero de 2008

21 de diciembre de 2008

496116

13 de enero de 2009

30 de diciembre de 2009

572829

15 de enero de 2010

26 de diciembre de 2010

653159

03 de enero de 2011

30 de diciembre de 2011

773049

02 de enero de 2012

28 de diciembre de 2012


Especificó que entre sus funciones estaba la reparación de productos de la compañía y el análisis físico-químico de los mismos con el fin de que fueran aprobados; y que entre sus jefes directos en R.B. Colombia S.A. se encontraban A.H., L.A.F., W.N. y F.G..


Como situaciones fácticas comunes a los tres demandantes, expusieron que el horario de trabajo que ellos cumplían correspondía al establecido para los trabajadores de planta de la...

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