SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002022-02061-01 del 14-12-2022 - Jurisprudencia - VLEX 922670699

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002022-02061-01 del 14-12-2022

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha14 Diciembre 2022
Número de expedienteT 1100102040002022-02061-01
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC16675-2022

FRANCISCO TERNERA BARRIOS

Magistrado Ponente


STC16675-2022
Radicación n°. 11001-02-04-000-2022-02061-01

(Aprobado en sesión del catorce de diciembre dos mil veintidós).


Bogotá, D. C., catorce (14) de diciembre de dos mil veintidós (2022).


Se decide la impugnación interpuesta frente a la sentencia proferida el 18 de octubre de 2022 por la Sala de Decisión de Tutelas de la homóloga de Casación Penal de esta Corporación, que negó la salvaguarda promovida por C.L.P. contra la Sala de Casación Laboral de esta Corporación. A. trámite se dispuso vincular a B.M.C.N.M., Colpensiones, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el Juzgado 30 Laboral del Circuito de Bogotá y a los intervinientes en el proceso ordinario laboral de radicado 2017-00416.


  1. ANTECEDENTES


1. La accionante procura el respeto de sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa.


2. Del escrito inicial y las pruebas allegadas, se resaltan los siguientes hechos y alegaciones relevantes:


2.1. Blanca María Cecilia Novoa Martínez instauró demanda ordinaria laboral contra Colpensiones, para que le reconociera la pensión de sobrevivientes de R.R., en su condición de cónyuge supérstite.


2.2. El 2 de julio de 2019, el Juzgado 30 Laboral del Circuito de Bogotá reconoció la prestación reclamada en forma compartida entre la señora N.M. (cónyuge sobreviviente) y la tutelante (compañera permanente) y la condenó a devolver a Colpensiones el mayor valor recibido por la cuota parte de la pensión de sobrevivientes, a partir del 26 de mayo de 2015 y hasta el 30 de junio de 2019.


2.3. El 1° de agosto de 2019, al resolver el grado jurisdiccional de consulta, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la decisión del a quo.


2.4. La gestora instauró recurso extraordinario de revisión, que fundamentó en las causales 1 y 6 del artículo 355 del Código General del Proceso, el cual fue rechazado por la Sala de Casación Laboral el 30 de marzo de 2022 (CSJ AL1307-2022).


2.6. Al respecto, la tutelante sostiene que la autoridad judicial accionada incurrió en vía de hecho por desconocimiento del precedente jurisprudencial aplicable, referente al debido proceso, y destacó que por falta de una defensa técnica se le vulneraron sus derechos pensionales.


3. Instó, conforme a lo relatado, que se declare la nulidad del proveído CSJ AL1307-2022 y de las sentencias emitidas en las respectivas instancias, así como que se ordene iniciar nuevamente el proceso laboral, para que se le restituyan sus «derechos adquiridos […] se me paguen los meses dejados de percibir» y se le «restaure el 100% de la pensión de supervivencia».


  1. RESPUESTAS RECIBIDAS


1. C. afirmó que no se vulneraron los derechos fundamentales de la actora.


2. El Patrimonio Autónomo de Remanentes del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación manifestó que no fue parte en el proceso rebatido.


III. LA SENTENCIA IMPUGNADA


El a quo constitucional negó el amparo, al considerar que no se vulneraron los derechos de la actora con la decisión proferida el 30 de marzo de 2022».


IV. LA IMPUGNACIÓN


La interpuso la accionante, quien reiteró lo dicho en su escrito inicial y destacó que no se examinaron «los argumentos acerca de la conducta omisiva por parte de la sala de casación laboral».


V. CONSIDERACIONES

1. En el sub examine, la actora persigue la protección de sus derechos fundamentales, que considera vulnerados por la Sala accionada, al proferir la determinación del 30 de marzo de 2022, mediante la cual rechazó el recurso extraordinario de...

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