SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 4100122140002023-00086-01 del 24-05-2023 - Jurisprudencia - VLEX 933173682

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 4100122140002023-00086-01 del 24-05-2023

Sentido del falloCONFIRMA IMPROCEDENCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC4949-2023
Fecha24 Mayo 2023
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 4100122140002023-00086-01



MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ

Magistrada Ponente


STC4949-2023 Radicación nº 41001-22-14-000-2023-00086-01

(Aprobado en sesión de veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés)

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil veintitrés (2023).



Decide la Corte la impugnación de la sentencia proferida por la Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Neiva el 28 de abril de 2023, en la acción de tutela promovida por M.J.Á. contra los Juzgados Quinto Civil del Circuito y Segundo Civil Municipal, ambos de esa ciudad, trámite al que fue vinculada, la empresa de servicios públicos Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva ESP, y citadas las partes e intervinientes en el amparo constitucional No. 2022-00859.


ANTECEDENTES



1. El solicitante invocó la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, petición, igualdad, y al agua potable, como también a los derechos de las personas mayores, presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales accionadas.


Del extenso escrito de tutela y las pruebas aportadas, se extrae que Mario Jiménez Álvarez promovió acción de tutela contra Las Ceibas - Empresas Públicas De Neiva ESP, por la falta de respuesta al derecho de petición presentado ante esa entidad el 9 de noviembre de 2022 por el incremento excesivo e ilegal de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado.


Señaló que, en ese escrito, además de solicitar dar respuesta a la petición presentada el 18 de octubre de ese año, pidió anular las facturas del servicio de acueducto y alcantarillado No. 1051143481 por $34.620, 1051272249 por $71.950, y en su lugar, expedir una nueva nueva, que corresponda a su consumo real, como también realizar la compensación de los valores que fueron pagados en exceso, durante esos meses.


Indicó que el Juzgado Segundo Civil Municipal de Neiva, después de subsanar el trámite declarado nulo por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de esa localidad, en sentencia de 24 de febrero de 2023, negó el amparo ante la carencia actual de objeto por hecho superado, decisión que impugnó y que fue confirmada por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de esa ciudad, en providencia de 14 de abril de 2023.


Adujo que, es un adulto mayor, en condición de vulnerabilidad dadas sus afectaciones de salud, que le impiden movilizarse y que, con la determinación de las autoridades accionadas, se continúan afectando sus derechos, toda vez que, negaron el amparo invocado por hecho superado, aun cuando la Empresa de Servicios Públicos, no resolvió su solicitud.


Por lo anterior, indicó que, en la acción constitucional objeto de queja, los accionados no valoraron las pruebas aportadas, desconocieron los mandatos legales y constitucionales en materia de tutela, como también, no velaron por el cumplimiento de los requisitos para la intervención de terceros en ese trámite.


2. Con fundamento en lo narrado, solicitó revocar la sentencia de tutela de segunda instancia proferida por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Neiva el 14 de abril de 2023, que confirmó la del Juzgado Segundo Civil Municipal de esa ciudad, que, a su vez, negó las pretensiones de la acción constitucional, por hecho superado.


Igualmente, solicitó ordenar a Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva ESP, responder el derecho de petición presentado, a través del correo electrónico, ante esa entidad, el 9 de noviembre de 2022, como también anular las facturas del servicio de acueducto y alcantarillado, expedidas después del mes de diciembre, con No. 1051401394 por $110.730, 0051956955 por $197.442, y en su lugar, expedir otras que correspondan a su consumo real, como también realizar la compensación de los valores que fueron pagados en exceso, durante esos meses.


Así mismo, ordenar a la Empresa de Servicios Públicos señalada «INSTALAR EL NUEVO CONTADOR, A COSTAS [sic] DE LA EMPRESA, POR HABERLO DESTRUIDO AL REALIZAR LA SUSPENSIÓN ILEGAL DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE» (M. fija en texto original).


RESPUESTA DE LOS ACCIONADOS Y VINCULADO


  1. El Juzgado Quinto Civil del Circuito de Neiva, describió las actuaciones adelantadas en la acción de tutela No. 2022-00589-02, que conoció en segunda instancia, y destacó que la irregularidad por la cual declaró la nulidad del fallo de primera instancia proferido el 16 de diciembre de 2022, fue subsanada y, en consecuencia, profirió decisión de fondo, el 14 de abril del presente año.


De igual forma, remitió el vínculo para acceder a la carpeta contentiva del expediente digital.


  1. El Juzgado Segundo Civil Municipal de Neiva aportó el link de acceso al expediente digital.


  1. La Empresa de servicios públicos Las Ceibas- Empresas Públicas de Neiva ESP, solicitó negar el presente amparo por carencia actual de objeto por hecho superado, por no satisfacer el requisito de la subsidiariedad y porque la solicitud del actor es temeraria, en tanto la acción...

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