Sentencia nº 11001032500020120024200 de Consejo de Estado (SCA SECCION SEGUNDA) del 11-08-2023 - Jurisprudencia - VLEX 947043356

Sentencia nº 11001032500020120024200 de Consejo de Estado (SCA SECCION SEGUNDA) del 11-08-2023

Número de expediente11001032500020120024200
Fecha de la decisión11 Agosto 2023
Tipo de procesoDECRETO GOBIERNO NACIONAL - Accion de Nulidad y Suspension Provisional
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN SEGUNDA










CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

SUBSECCIÓN B


Consejero Ponente: CÉSAR PALOMINO CORTÉS



Bogotá, D.C., once (11) de agosto de dos mil veintitrés (2023)



Radicado: 11001-03-25-000-2012-00242-00

Número interno: 0922-2012

Demandante: Martha Lucía Páez Rodríguez

Demandado: Nación – Rama Judicial – Consejo Superior de la Judicatura y otro

Acción: Simple nulidad – Decreto 01 de 1984

Tema: Nulidad del artículo 1° del Acuerdo N° PSAA 12 – 9165 de 24 de enero de 2012 y Nulidad del artículo 1° del Acuerdo N° PSAA12-9381 de 10 de abril de 2012, expedidos por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura”.



La Sala decide la demanda de nulidad, que en ejercicio de la acción prevista en el artículo 84 del Código Contencioso Administrativo, presentó la ciudadana Martha Lucía Páez Rodríguez, contra i) el artículo 1° del Acuerdo N° PSAA12-9165 de 24 de enero de 2012, y ii) el artículo 1° del Acuerdo N° PSAA12-9381 de 10 de abril de 2012, expedidos por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.



  1. ANTECEDENTES

  1. La Demanda


La ciudadana M.L.P.R., presentó demanda de nulidad contra i) el artículo 1° del Acuerdo N° PSAA12-9165 de 24 de enero de 2012 Por el cual se aclara el Acuerdo PSAA11-8724 de 2011, mediante el cual transformó la denominación de la Sala del Tribunal Superior de Bogotá y de los Juzgados que conocen las acciones de extinción de dominio conforme lo establece la ley 1453 de 2011; y ii) el artículo 1° del Acuerdo N° PSAA12-9381 de 10 de abril de 2012 Por medio del cual se formula ante la H. Corte Suprema de Justicia, la lista de candidatos para proveer exclusivamente las tres (3) vacantes del cargo de Magistrado del Tribunal Superior de Distrito Judicial Sala Penal de Bogotá, creadas mediante Acuerdo PSAA10-6852 del 19 de marzo de 2010”.


    1. El Acto Acusado


La señora M.L.P.R., pretende que se declare la nulidad parcial de los actos administrativos que se transcriben a continuación:


  1. El artículo 1° del Acuerdo PSAA12-9165 de 24 de enero de 2012, es del siguiente tenor:


ACUERDO No. PSAA12-9165 DE 2012

(Enero 24 de 2012)


Por el cual se aclara el Acuerdo PSAA11-8724 de 2011, mediante el cual se transformó la denominación de la Sala del Tribunal Superior de Bogotá y de los Juzgados que conocen las acciones de extinción de demonio conforme lo establece la ley 1453 de 2011”.


LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA


En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de las señaladas en el artículo 85 de la Ley 270 de 1996, de conformidad con lo aprobado en la sesión de la Sala Administrativa de 13 de diciembre de 2011.


CONSIDERANDO QUE:


Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 793 de 2002, la acción de extinción de dominio es conocida por la Fiscalía General de la Nación, directamente o a través de los fiscales delegados que conforman la unidad nacional para la extinción del derecho de dominio y contra el lavado de activos o en su defecto los fiscales delegados ante los jueces penales del circuito especializado.


Que esa misma norma establece que le corresponde a los jueces penales del circuito especializados de extinción de dominio de Bogotá, proferir la sentencia de primera instancia que resuelva sobre la extinción de dominio, sin importar el lugar de ubicación de los bienes y que en segunda instancia se debe surtir ante la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.


De conformidad con lo anterior y atendiendo a que el legislador radicó en cabeza de la jurisdicción penal, la acción de extinción de dominio, se hace necesario aclarar el Acuerdo PSAA11-8724 de 2011, en el sentido de que la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá hace parte de la sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.


ACUERDA


ARTÍCULO 1°. ACLARAR el Artículo Segundo del Acuerdo PSAA11-8724 del 12 de octubre de 2011, en el sentido de que la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá hace parte de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.


(…)


PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE


Dado en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año dos mil doce (2012)


JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES

Presidente



  1. El artículo 1° del Acuerdo N° PSAA12-9381 de 10 de abril de 2012, indica lo siguiente:


ACUERDO N° PSAA12 – 9381

(Abril 10 de 2012)


Por medio del cual se formula ante la H. Corte Suprema de Justicia, la lista de candidatos para proveer exclusivamente la tres (3) vacantes del cargo de Magistrado del Tribunal Superior de Distrito Judicial Sala Penal de Bogotá creadas mediante Acuerdo PSAA10-6852 del 19 de marzo de 2010”


LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA


En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los artículos 85 y 166 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado en sesión de la Sala del 29 de marzo de 2012.


ACUERDA:


ARTÍCULO 1°. Formular ante la H. Corte Suprema de Justicia la lista de candidatos tomada del Registro Nacional de Elegibles, integrado por quienes aprobaron el concurso de méritos convocados mediante Acuerdo N° 4528 de 2008, destinada exclusivamente a proveer las tres (3) plazas de Magistrado del Tribunal Superior de Distrito Judicial Sala Penal de Bogotá, creadas mediante Acuerdo PSAA10-6852 del 19 de marzo de 2010.


(…)


PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE



Dado en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de abril del año dos mil doce (2012)



NESTRO RAÚL CORREA HENAO

Presidente

(…)”


    1. Normas violadas y concepto de violación


La parte demandante expone como normas violadas las siguientes:


Constitución Política, los artículos 53, 122 y 125.

Ley 270 de 1996, los artículos 130, 132, 159, 160, 161, 162 y 165.

Ley 1453 de 2011, artículo 79.


La accionante considera que los Acuerdos N° PSAA12-9165 de 24 de enero de 2012 y PSAA12-9381 de 10 de abril de 2012, fueron expedidos por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura con infracción de las normas superiores en las que debía fundarse, por las siguientes razones:


En primer lugar, señaló que el Acuerdo N° PSAA12-9165 de 2012 se encuentra viciado de nulidad, por cuanto cambió la denominación e incluyó a la Sala Especializada de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá dentro de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, sin tener en cuenta el carácter especial que el legislador le otorgó a la acción de extinción del derecho de dominio, a través de las Leyes 333 de 1996, 793 de 2002 y 1453 de 2011.


En segundo lugar, indicó que el Acuerdo PSAA12-9381 de 2012, desconoció las normas que regulan el acceso a los empleos de carrera judicial, previstas en la Constitución y la Ley estatutaria de administración de justicia, porque utilizó la lista de elegibles del proceso de selección promovido con el Acuerdo N° 4528 de 2008, para disponer la provisión...

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