SENTENCIA nº 25000-23-26-000-1997-05375-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 02-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896193518

SENTENCIA nº 25000-23-26-000-1997-05375-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 02-06-2021

Sentido del falloNIEGA
Fecha de la decisión02 Junio 2021
Número de expediente25000-23-26-000-1997-05375-01
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO / RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA / ADJUDICACIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO / CONTRATO DE ARRENDAMIENTO / BUENAVENTURA DISTRITO ESPECIAL INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO Y ECOTURÍSTICO / OBJETO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO - Muelle del Terminal Marítimo / COMERCIO MARÍTIMO / ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN / ACTO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO / MOTIVACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA


La Sala confirmará la sentencia de primera instancia porque la adjudicación del contrato de arrendamiento del Muelle (…) del Terminal Marítimo de Buenaventura se realizó mediante decisión motivada con apego a las normas que regían la contratación directa.


RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA / ADJUDICACIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO / ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN / ACTO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO / CONTRATACIÓN DIRECTA / PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA / ACTO ADMINISTRATIVO / EXPEDICIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / NOTIFICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO / ACTO PRECONTRACTUAL / CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO / TÉRMINO DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO / CÓMPUTO DEL TÉRMINO DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO


Se encuentra acreditado que la resolución que modificó la adjudicación mediante contratación directa fue emitida (…) y notificada (…). Teniendo en cuenta lo anterior, la acción procedente era la de nulidad y restablecimiento del derecho, ya que para la fecha de expedición del acto no se encontraba vigente el artículo 32 de la Ley 446 de 1998 que estableció las reglas especiales para demandar los actos precontractuales. Así las cosas, el término de caducidad era de 4 meses, por lo que al haberse presentado la demanda (…), fue radicada en tiempo.


FUENTE FORMAL: LEY 446 DE 1998 - ARTÍCULO 32


SELECCIÓN DEL CONTRATISTA / CLASES DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA / CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA / PROCESO DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA / CARACTERÍSTICAS DE LA SELECCIÓN DEL CONTRATISTA / ADJUDICACIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO / CONTRATO DE ARRENDAMIENTO / BUENAVENTURA DISTRITO ESPECIAL INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO Y ECOTURÍSTICO / OBJETO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO - Muelle del Terminal Marítimo / PROCEDIMIENTO DE LA SELECCIÓN OBJETIVA DEL CONTRATISTA


De conformidad con el literal e) del numeral 1 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, la modalidad de selección aplicable al arrendamiento del Muelle No. 13 del Teminal Marítimo de Buenaventura era la de contratación directa, la cual se regía por lo dispuesto en el Decreto 855 de 1994. (…) El Decreto 855 de 1994 no fijaba reglas o procedimientos concretos para la adjudicación mediante contratación directa, razón por la cual la administración tenía autonomía para definir la forma en que se concretaría la selección objetiva en los casos en que dicha modalidad de selección fuera procedente.


FUENTE FORMAL: LEY 80 DE 1993 - ARTÍCULO 24 NUMERAL 1 LITERAL E / DECRETO 855 DE 1994


CONTRATO DE ARRENDAMIENTO / BUENAVENTURA DISTRITO ESPECIAL INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO Y ECOTURÍSTICO / OBJETO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO - Muelle del Terminal Marítimo / PROCEDIMIENTO DE LA SELECCIÓN OBJETIVA DEL CONTRATISTA / FONDO ROTATORIO DE LA ARMADA NACIONAL / OFERTA PRESENTADA A LA ADMINISTRACIÓN / SELECCIÓN DEL CONTRATISTA / CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA / PROCESO DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA / CONTRATACIÓN DIRECTA / PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA


En el caso del contrato de arrendamiento del Muelle (…) del Terminal Marítimo de Buenaventura, el Fondo decidió solicitar ofertas, sin que ello implicara que el procedimiento de selección se hubiese modificado para generar un escenario de calificación de propuestas con las características y la contradicción propias de la licitación como lo pretende el apelante. (…) De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 855 de 1994, la entidad no tenía la obligación de establecer párametros de calificación. En consecuencia, no existe la violación que aduce el apelante, quien pretende se apliquen al procedimiento de contratación directa reglas propias de la licitación pública.


FUENTE FORMAL: DECRETO 855 DE 1994


INEXISTENCIA DE LA FALTA DE MOTIVACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / IMPROCEDENCIA DE LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO / ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN / ACTO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO / MOTIVACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / FONDO ROTATORIO DE LA ARMADA NACIONAL / CONTRATACIÓN DIRECTA / PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA / OFERTA MÁS FAVORABLE / CONTRATO DE ARRENDAMIENTO / BUENAVENTURA DISTRITO ESPECIAL INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO Y ECOTURÍSTICO / PRINCIPIO DE SELECCIÓN OBJETIVA / PRINCIPIOS DE LA SELECCIÓN OBJETIVA DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA / PROCEDIMIENTO DE LA SELECCIÓN OBJETIVA DEL CONTRATISTA


La decisión de adjudicación del contrato de arrendamiento fue debidamente motivada, ya que el director del Fondo acogió las recomendaciones dadas por la junta directiva, que (…) realizó el análisis de las cotizaciones presentadas y definió que la más favorable era la del Grupo Portuario S.A. 1.- (…) [L]a decisión de adjudición del contrato estuvo motivada en criterios de selección objetiva, y por esta razón no puede considerarse que existió violación al deber de la administración.


INEXISTENCIA DE LA DESVIACIÓN DE PODER / INOPERANCIA DE LA DESVIACIÓN DE PODER / PROCEDIMIENTO DE LA SELECCIÓN OBJETIVA DEL CONTRATISTA / OFERTA PRESENTADA A LA ADMINISTRACIÓN - Puede ser objeto de modificaciones /...

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