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Sentencia Nº TP-SA-043 de Tribunal para la Paz - Sección de Apelación, 13-02-2019

Fecha13 Febrero 2019
Número de sentenciaTP-SA-043
EmisorSección de apelación (Tribunal para la paz de Colombia)
Radicado Orfeo: 2018340020600261E
Interesado: Juan Carlos RUIZ SEVERICHE
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE APELACIÓN
Sentencia TP-SA-043 de 2019
Bogotá, 13 de febrero de dos mil diecinueve (2019)
Radicado interno: AM-T-54
Radicado Orfeo: 2018340020600261E
Accionante: Juan Carlos RUIZ SEVERICHE
Accionados: Sala de Amnistía e Indulto
Fiscalía Local n.º 54 de Bogotá
ERON La Picota COMEB
Referencia: Acción de Tutela
La Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial
para la Paz (JEP), procede a resolver la impugnación presentada por el señor
Juan Carlos RUIZ SEVERICHE contra la sentencia de tutela del 4 de enero de
2019, por medio de la cual la Subsección Quinta de Tutelas de la Sección de
Revisión del Tribunal para la Paz resolvió conceder parcialmente el amparo
solicitado.
SÍNTESIS DEL CASO
El señor Juan Carlos RUIZ SEVERICHE, persona no incluida dentro de los
listados de las FARC-EP acreditados ante la Oficina del Alto Comisionado
para la Paz OACP, desde el 26 de enero de 2016 se encuentra privado de su
libertad en el establecimiento penitenciario La Picota COMEB, condenado en
Radicado Orfeo: 2018340020600261E
Interesado: Juan Carlos RUIZ SEVERICHE
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dos instancias por el delito de hurto calificado y agravado cometido el 8 de
mayo de 2010 en contra de la señora Amelia Velasco, a quien le sustrajeron
dinero de sus cuentas bancarias. RUIZ SEVERICHE ha solicitado en varias
oportunidades la concesión del beneficio de libertad condicionada y la
comparecencia a la JEP, lo que ha sido negado tanto por la jurisdicción
ordinaria como por la Sala de Amnistía o Indulto SAI. Ante esta última se
encuentra en trámite la amnistía de sala también pedida por el accionante en
tutela, que asevera además haber presentado varias peticiones
administrativas ante la Fiscalía 54 Local de Bogotá y el centro penitenciario en
el que se encuentra recluido, sin que las mismas, dice, hayan sido resueltas.
ANTECEDENTES
Acción de tutela
1. Mediante manuscrito radicado el 5 de diciembre de 2018 (fls. 1 a 17) el señor
Juan Carlos RUIZ SEVERICHE presentó acción de tutela en contra de la Sala
de Amnistía o Indulto SAI, la Fiscalía 54 Local de Bogotá y el Complejo
Penitenciario de Bogotá La Picota COMEB. Según considera, dichas instancias
han violado sus derechos de petición, debido proceso, igualdad, trato
simétrico, dignidad humana, favorabilidad, a la paz, y las garantías de las
víctimas ante la JEP.
1.1. En relación con la SAI, estima que la vulneración de sus garantías se ha
producido porque, a pesar de que radicó oportunamente unas peticiones y
medios procesales de control recursos en sede judicial dirigidos a dicha
Sala, esta los tuvo por extemporáneos y, por tanto, no permitió que se
cuestionaran las decisiones por medio de las cuales se denegó la
comparecencia a la JEP y la aplicación del beneficio de libertad condicionada.
Considera que con ello se ha cercenado el derecho de las víctimas a conocer
la verdad sobre los hechos sucedidos el 8 de mayo de 2010 en el marco de los
cuales se profirió una condena por hurto calificado y agravado, a su juicio
relacionados con el conflicto armado interno pues, según certificaciones
firmadas ante notaría por la señora Nelly Trompeta Yatacue líder
guerrillera, fueron cometidos en cumplimiento de órdenes emanadas de
comandos pertenecientes a la guerrilla de las FARC-EP, lo que además estaría

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