Resolución número 629 de 2008, por la cual se asignan cuatro mil setecientos setenta y dos (4.772) Subsidios Familiares de Vivienda Urbana en la Modalidad de Vivienda Saludable. - 7 de Marzo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 53217512

Resolución número 629 de 2008, por la cual se asignan cuatro mil setecientos setenta y dos (4.772) Subsidios Familiares de Vivienda Urbana en la Modalidad de Vivienda Saludable.

EmisorVarios
Número de Boletín47284

La Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los numerales 1 y 9 del articulo 3º y el numeral 3 del articulo 8º del Decreto-ley 555 de 2003, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 1º del Decreto 270 de 2008, "Postulaciones aceptables para la Bolsa Unica Nacional", en su numeral 10 preve: "Otorgamiento de Subsidios Familiares de Vivienda de Interes Social para hogares que se postulen en la modalidad de vivienda saludable".

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial con fundamento en lo previsto en el articulo 1º del Decreto 875 de 2006, realizo la distribucion de recursos para la asignacion del Subsidio Familiar de Vivienda, mediante las Resoluciones numeros 869 y 2195 de 2008.

Que el articulo 4° del Decreto 270 de 2008, "establece que los hogares que se postulen al Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de Vivienda Saludable no seran sometidos al proceso de preseleccion, en virtud de la correspondencia entre postulantes y las unidades de vivienda que conformen el proyecto. En todo caso la asignacion estara sujeta a la disponibilidad de recursos".

Con el objeto de alcanzar progresivamente las condiciones de una vivienda saludable y como lo establece el paragrafo 2° del articulo del Decreto 270 de febrero 5 de 2008 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 146.987.750,00 15 MODALIDAD VR. SUBSIDIO ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $9.922.250,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 CONSTRUCCION EN SITIO PROPIO $8.768.500,00 CONSTRUCCION EN SITIO PROPIO $4.153.500,00 144.680.250,00 15 VALLE MODALIDAD VR. SUBSIDIO ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA $10.153.000,00 60.918.000,00 6 y una vez aplicado el subsidio familiar de vivienda de interes social en la modalidad de vivienda saludable, el hogar beneficiario podra acceder posteriormente a la diferencia entre el valor de este y el valor maximo del subsidio familiar de vivienda otorgado a traves de las modalidades de mejoramiento o construccion en sitio propio, de conformidad con las disposiciones previstas en los Decretos 975 de 2004 y 4466 de 2007 y en las demas normas que los adicionen, modifiquen, complementen o sustituyan, para cuyo efecto, los interesados deberan seguir los procedimientos en ellas previstos, siempre y cuando el nuevo subsidio se aplique a la misma solucion de vivienda.

Que la Resolucion 625 del 29 de diciembre de 2008 en su articulo 1° conformo el banco de proyectos viabilizados del programa de vivienda saludable de la convocatoria establecida por el Fondo Nacional de Vivienda mediante la Resolucion 232 de 2008 y que en virtud de esta, los hogares que conforman la presente asignacion pertenecen a estos proyectos.

Que a traves de la Resolucion 232 de 2008 del Fondo Nacional de Vivienda amplio la fecha de cierre de la convocatoria para la modalidad de vivienda saludable abierta mediante la Resolucion numero 161 de 2008, hasta el 15 de agosto de 2008.

Que conforme al articulo 1° de la Resolucion 1578 de 2009 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el Fondo Nacional de Vivienda expidio la Resolucion 542 de 2008 y amplio el tiempo de revision, correccion y ajustes de los proyectos que se presentaron a la convocatoria abierta mediante la Resolucion 238 de 2008, hasta el 15 de febrero de 2009.

Que el paragrafo 2° del articulo 2° de la Resolucion 855 de 2008, establece, "aplicacion del subsidio", el subsidio familiar de vivienda en la modalidad de vivienda saludable, otorgado por el Fondo Nacional de Vivienda, se aplicara unicamente para la compra de materiales y para el pago de mano de obra. En los casos que se requiera, el oferente podra aportar directamente a la compra de materiales y al pago de la mano de obra y/o a aquellas actividades que conduzcan al cumplimiento progresivo de las condiciones de una vivienda saludable.

Que el Fondo Nacional de Vivienda, o la entidad que este determine, tendran la facultad de revisar en cualquier momento la veracidad y consistencia de la informacion suministrada por el oferente. Si se comprueba que existio falsedad o inconsistencia entre los documentos fisicos y magneticos, suministrados para el proceso de asignacion y ejecucion del subsidio en la modalidad de vivienda saludable, se eliminaran las asignaciones efectuadas y se excluiran los proyectos presentados del banco de proyectos viabilizados, sin perjuicio de las sanciones que esten determinadas en la ley.

Que la asignacion del Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de vivienda saludable, se realizo para aquellos hogares que pertenecen a un proyecto de vivienda saludable que cuenta con concepto favorable de viabilidad expedido por el Fondo Nacional de Vivienda, y los hogares cumplieron con lo establecido en el articulo 2° del Decreto 270 de 2008 y en lo reglamentado mediante el articulo 7° y 8° de la Resolucion 855 de 2008 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

51 Que el Fondo Nacional de Vivienda celebro con las Cajas de Compensacion Familiar, reunidas en Union Temporal, contratos de Encargo de Gestion, que se distinguen con el numero 11 de 2007 y 557 de 2008, los cuales tienen por objeto el desarrollo por cuenta y riesgo de las Cajas en Union Temporal de los "(...) procesos de divulgacion, comunicacion, informacion, recepcion de solicitudes, verificacion y revision de la informacion, digitacion, ingreso al RUP (Registro Unico de Postulantes del Gobierno Nacional), prevalidacion, apoyo a las actividades de preseleccion y asignacion a cargo del Fondo, seguimiento y verificacion de los documentos para hacer efectivo el pago de los subsidios familiares de vivienda en todas sus modalidades, con el fin de garantizar la debida inversion de los recursos, de acuerdo con las leyes y disposiciones que rigen el Subsidio Familiar de Vivienda".

Que el Grupo de Sistemas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Memorando numero 1450-3-148722 del 31 de Diciembre de 2008, manifesto: "(...) el proceso de Asignacion para la Modalidad de Vivienda Saludable Resolucion 855 de 2008, se realizo de acuerdo a la informacion contenida a la fecha en la base de datos de subsidios, a las especificaciones normativas dadas por el area de subsidios y que se relacionan con el grupo de sistemas. De igual manera en el area de Sistemas reposa en medios magneticos toda la informacion relacionada con el tema. El resultado del proceso son 4.772 hogares asignados por un valor de $17.033.006.197.1375.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 45 del Decreto 975 del 2004, la firma Amezquita & Cia S.A., adelanto la auditoria al proceso y emitio la Certificacion Correspondiente numero 2008-1261 de diciembre 30 de 2008, sobre el proceso de asignacion.

Que el valor de la presente asignacion asciende a la suma de diecisiete mil treinta y tres millones seis mil ciento noventa y siete pesos con catorce centavos. ($17.033.006.197.1375) y se encuentra amparada con las vigencias futuras aprobadas para el año 2009 y autorizadas por la Direccion General de Presupuesto Publico Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico con el numero 013536 del 2 de abril de 2008. Que para efectos de la culminacion del presente proceso de asignacion, fueron beneficiarios del subsidio familiar de vivienda aquellos hogares que cumplieron con todos los requisitos establecidos en el Decreto 270 de 2008 y demas requisitos fijados en la normatividad vigente.

Que en merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° Asignar cuatro mil setecientos setenta y dos (4.772) subsidios familiares de vivienda urbana en la modalidad de vivienda saludable, correspondientes a los recursos de la Bolsa Unica Nacional, representados por los hogares que se relacionan a continuacion del siguiente cuadro resumen.

DEPARTAMENTO NUMERO VALOR SUBSIDIO $ ANTIOQUIA 839 3.025.116.424.72 ATLANTICO 666 2.443.836.520.82 BOLIVAR 295 1.055.659.800.91 BOYACA 283 930.081.798.31 CALDAS 192 527.757.858.66 CASANARE 96 324.910.317.37 CAUCA 219 771.605.726.50 CESAR 236 866.786.146.42 CORDOBA 139 507.446.150.00 CUNDINAMARCA 140 498.126.790.35 HUILA 162 560.668.342.52 MAGDALENA 36 132.639.948.00 NARIÑO 221 797.983.386.48 NORTE SANTANDER 131 483.533.871.00 QUINDIO 35 129.220.000.00 RISARALDA 609 2.246.887.605.07 SANTANDER 75 275.563.461.00 TOLIMA 292 1.077.880.554.00 VALLE 106 377.301.495.00 TOTAL GENERAL 4772 17.033.006.197.14 ANTIOQUIA - AMALFI CODIGO PROYECTO:

05-031-01, NOMBRE PROYECTO:

VIVIENDA CON ENTORNO SALUDABLE N° CEDULA NOMBRE VALOR SUBSIDIO $ 1 21447725 BLANDON JIMENEZ MARTHA DOLLY 3.692.000.00 2 21445632 CASTAÑEDA CASTAÑEDA MARIA CELINA 3.692.000.00 3 21447640 ESTRADA MARIA ADELINA 3.692.000.00 4 32090524 FONNEGRA BURITICA EVERARDA 3.692.000.00 5 8015214 GARCIA JESUS ADAN 3.692.000.00 6 21448109 GAVIRIA BERRIO...

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