Sistema Nacional de Patrimonio Cultural - Instituciones de conservación del patrimonio cultural en Colombia y de gestión administrativa - Patrimonio cultural en Colombia - Libros y Revistas - VLEX 940530551

Sistema Nacional de Patrimonio Cultural

AutorFernando Charria García
Páginas201-216
I. Sistema Nacional de Patrimonio Cultural

de la sociedad requerirá de diferentes herramientas de protección, de las cuales
el Derecho es una de ellas, con el ánimo de asegurar su conservación, y el

tener diferencias cuando se pretende su aplicación, tal y como sucede cuando
nos preguntamos quienes deben proteger estos bienes, los poderes públicos
o los privados, las entidades nacionales o las territoriales donde está ubicado
dicho Patrimonio Cultural, etc.
Tal y como se dejó indicado en apar tes anteriores, la naturaleza jurídica del
Patrimonio Cultural cambió su concepción con los trabajos de la Comisión
Franceschini en Italia, que subordinó la idea de bien patrimonial a su disfrute
público, que obliga a su conservación, independientemente de si se trata de
bienes públicos o privados, pero el proceso de ampliación conceptual de bien
cultural sigue transformándose, todo lo cual abre nuevos campos de valor ación
de tales objetos culturales. “Algunos de estos campos tienen su adecuada
        
españoles, que evidencian que el objeto de la normativa protectora de los bienes
culturales está en continua tran sforma ción y que esa tr ansfor mación tiene que
1.
Otro tanto ha pasado con los sujetos que han de intervenir en la protección
que se debe al Patrimonio Cultural, en donde podemos distinguir la sociedad
internacional, el Estado, los Poderes locales y, los nuevos sujetos particulares.
En tal sentido, es innegable que los “sujetos de derecho interna cional nunca han
estado al margen de la protección jurídica de los bienes culturales y tenemos
numerosos ejemplos que lo prueban como es la fundación de la UNESCO,
los diversos tratados internacionales de protección”2, pero es evidente que han
1 Javier. LaprotecciónjurídicadelPatrimonioCultural.Nuevascuestionesy
nuevossujetosalosdiezañosdelaLeydelPatrimonioHistóricoespañol, Patrimonio Cultural y
Derecho, (1) 1997, p. 58.
2 Ibid., pp. 64 y ss.
202 Fernand o Charria Ga rcía
aparecido otros como la INTERPOL, el ICOMOS, la Comunidad Andina de
Naciones que es un ejemplo en Sur América, entre otros.
En cuanto al Estado, es muy claro que su papel tratándose de los lugares de
depósito cultural, es mantenerlos abiertos para facilitar el libre “acceso de los
bienes culturales a los ciudadanos, sino también acrecentar el número de bienes
de los que puedan disfrutar aquellos. (…). No hay que olvidar, por otra parte,

sobre el empleo, tanto de forma directa como sobre la industria de servicios,
todo lo cual revierte a su vez en un aumento de la recaudación tributaria”3,

Derecho, el Estado debe propender por una política distributiva de los e scasos
recursos en función de las clases sociales menos favorecidas y fomentar su
participación en la vida cultural, como lo señala la Declaración de Derechos
Humanos de 19484, ahora que tal función puede ser desarrollada también en
conjunción con el ámbito privado.
En cuanto a los entes regionales, cabe señalar que nuestra actual normativa
sobre el Patrimonio Cultural si bien es muy centralista, también es cierto que
reconoce elementos de descentralización referida tanto a los Departamentos
como a los Distritos, y da margen de tratamiento para los territorios de
comunidades étnicas, tanto indígenas como afrocolombianas.
Los Poderes Locales están destinados a tener un papel trascendental en la
revaloración del Pat rimonio Cultural con propósitos de turismo cultural que es
muy importante, y la injerencia en la toma de conciencia del Pat rimonio Cultural
por parte de los ciudadanos de esa región que facilite propuestas tendientes a
 
incrementen las dinámicas regionales en estos aspectos.
Finalmente, en relación con los nuevos sujetos particulares hay que señalar que
“hasta hace no mucho tiempo, el particular ocupaba básicamente dos posiciones
ante el Patrimonio Cultural: como propietario de unos bienes o como sujeto que
desea acceder al disfrute de unos bienes públicos o privados en una posición
jurídica pasiva. A estas dos posiciones básicas se añadía la del comerciante pero

En la actualidad hay que añadir dos nuevas posiciones, a saber, los nuevos sujetos
del mercado del arte y las entidades sin ánimo de lucro en el campo de la cultura”5.
3 Ibid., pp. 67.
5 Javier García Fernández, Op.Cit., p. 72.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR