Sociedades de economía mixta
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acuerdo con las condiciones y coyunturas históricas del momento.
“Como lo expone Philippe entre otros, el expediente de
varios servicios públicos, como la distribución de agua, de gas, de
electricidad, e inclusive de leche.
deben mencionarse varias etapas que presentan modalidades diversas:
los particulares, toma participaciones minoritarias en sociedades de
economía mixta, a menudo creadas por él mismo para ejercer los de-
rechos que le son atribuidos por los tratados de paz que se suscriben
al término de la Primera Guerra Mundial; a partir de 1933 se abra
paso la política de participaciones mayoritarias del Estado, en virtud
de la cual asume el control de las empresas en que participa; pero es
de 1950 en adelante como el fenómeno de la sociedad de economía
mixta adquiere en Francia una extensión considerable, mediante la
constitución de verdaderos grupos industriales u hodings, y de la
participación en la ordenación y aprovechamiento del territorio, de la
1.
1 TLas Entidades Descentralizadas.
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En Colombia, encontramos las primeras manifestaciones
normativas relativas a este tipo de sociedades, a partir del Decreto
marco normativo claro y expreso, que permitió determinar sus
características y requisitos, así como su verdadera naturaleza jurídica
como entidades descentralizadas.
Dentro de las primeras y más import antes sociedades de economía
mixta del país encontramos: el Instituto de Fomento Industrial (IFI), el
(ICEL), los Fondos Ganaderos, la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz
El artículo 461 del Código de Comercio indica que “Son de
economía mixta las sociedades comerciales que se constituyen con
aportes estatales y de capital privado.
Las sociedades de economía mixta se sujetan a las reglas del
derecho privado y a la jurisdicción ordinaria, salvo disposición legal
en contrario”2.
de economía mixta solo tendrían como elemento diferenciador frente
a cualquier otra sociedad, el hecho de recibir un aporte cuyo origen
es el tesoro público, pero que en sus demás aspectos, deben seguir
las reglas generales dispuestas en el Código.
unas implicaciones de gran importancia jurídica, dado que el hecho
de presentarse una inversión de recursos públicos genera una serie
estudiadas y tenidas en cuenta.
En este sentido, surgen importantes aspectos de gran relevancia,
tal como lo son, el régimen de contratación aplicable a sus actos
jurídicos, la naturaleza y el régimen legal atinente a sus empleados,
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