Software libre: oportunidades y retos con especial referencia a Venezuela - Núm. 14, Julio 2008 - Opinión jurídica - Libros y Revistas - VLEX 223517693

Software libre: oportunidades y retos con especial referencia a Venezuela

AutorGladys Rodríguez
CargoAbogada, magíster en Planificación y Gerencia de Ciencia y Tecnología, doctora en Derecho
Páginas101-114

Avance del Proyecto de Investigación intitulado: Algunas Consideraciones sobre software propietario y software libre y su marco legal, investigadora principal Gladys Stella Rodríguez Registrado en el Instituto de Filosofía del Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia.

Gladys Rodríguez es abogada, magíster en Planificación y Gerencia de Ciencia y Tecnología, doctora en Derecho. Investigadora adscrita al Instituto de Filosofía del Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia. Líneas de investigación: Informática Jurídica, Derecho Informático, Propiedad Intelectual, Derecho Internacional. Avenida Universidad Núcleo Humanístico, Bloque N, Maracaibo, Estado Zulia, Venezuela, e-mail: gr1970ve@yahoo.es

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1. Introducción

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) considera que la protección eficaz y equilibrada de los derechos de propiedad intelectual (PI) es un componente esencial de la sociedad de la información (Roa,

  1. 2006). En este contexto la OMPI sigue atentamente la evolución tecnológica y los modos de ejercicio de los derechos de PI velando por que el sistema de PI fomente la creatividad y la innovación en la era de Internet, contribuyendo al desarrollo económico y reduciendo la brecha digital entre países en desarrollo y países desarrollados. En el caso de los programas informáticos, se ha reconocido por la legislación nacional e internacional, que los mismos están protegidos por el derecho de autor, que constituye una base fundamental para el desarrollo y la concesión de licencias respecto tanto de los programas informáticos del dominio privado como de los denominados de "código abierto". Sin embargo, por una parte, el derecho de autor protege el derecho exclusivo de los productores de programas informáticos a prohibir la reproducción, no autorizada, de su código fuente; mientras que, los productores de programas informáticos de "código abierto" se basan en una de las numerosas licencias de código abierto, para permitir la libre modificación y redistribución del código fuente de sus programas. De esta manera, los usuarios que infringen la licencia libre, prohibiendo el acceso al código, son considerados infractores del derecho de autor sobre el programa informático original. Si bien la filosofía que fundamenta el desarrollo de programas informáticos del dominio privado y de "código abierto" es diferente, el derecho de autor vigente tiene la suficiente flexibilidad para abarcar y respaldar a ambas producciones intelectuales. En este sentido, cabe también reflexionar acerca de los valores de "libertad y justicia", pues no debe olvidarse que justicia y libertad son dos valores políticos.

En este sentido, afirma (Labarca, 2003, p.1):

La libertad, empero, como lo ha establecido la Filosofía Existencial, es en el hombre, no sólo un presupuesto ontológico, sino que éste es ontológicamente libre. La libertad es inherente e inmanente a su responsabilidad como ser- existencial y/o social. La libertad humana es ser y deber ser. El hacer, el acto humano, tiene un sentido, trasciende lo fáctico, es intencional. Es un acto de libertad.

Por tanto, el hombre, como libertad-ontológica y arquitecto e ingeniero de su existencia, es esencialmente libre. Por eso hace historia.

La libertad es, por otra parte, condición previa al mundo normativo: derecho, moral, religión y en general, presupuesto lógico a la concreción de los valores. En efecto, sólo por ser libre el hombre puede realizar valores. Sin embargo, Bolívar (1929), en sus escritos exponía lo siguiente: "La justicia (dar a cada quien lo que le corresponde) es, en cambio, un valor de coexistencia: jurídico-político, social y económico. Supone colocarnos en lugar del otro (otredad). La justicia es la reina de las virtudes republicanas, con ella se sostiene la igualdad y la libertad...".

En consecuencia, no hay libertad sin justicia, parafraseando a Kelsen en su obra Teoría pura del derecho (Kelsen, 1982), se puede afirmar que la idea de justicia se transforma de un principio que garantiza la libertad individual de todos en un orden social que protege determinados intereses considerados esenciales por la mayoría de los miembros de la sociedad. El problema se produce cuando aparecen intereses en conflict

o, debido a diferentes escalas de valores

que manejan los miembros de una sociedad; aquí es cuando actúa la justicia. Entonces, en definitiva, no es suficiente consagrar libertad e igualdad, si no existe justicia y, ésta es uno de los valores fundamentales del Derecho. Por ello, la cualidad de libre quePage 104pueda adjudicársele al software no puede ser excusa para violar derechos de autor, reconocidos por la norma fundamental nacional e internacional.

De igual modo, los actores "autor y usuario", no se corresponden en una idea de simetría, pues el trabajo, el esfuerzo y el aporte intelectual, económico y hasta físico del creador de una obra sobrepasa la labor del usuario o destinatario final de dicha obra, entendiendo como tal a aquél que sólo se limita a utilizar la obra para su propio fin o el de su familia, sin mayor fin lucrativo. En este contexto, debe considerarse que el principal fin es reconocer los derechos de autor, claro que ya no desde una perspectiva absolutista o monopólica, sino en un justo equilibrio entre creadores y usuarios; por ello, la propuesta de una comunidad de desarrolladores o programadores que conservan sus derechos especialmente morales y cedan por su propia voluntad los derechos económicos, es el verdadero propósito, y así ha de ser entendida la comunidad de software libre, donde pequeñas, pero importantes mejoras y desarrollos (madurez, mas no innovación) hacen posible un uso y acceso menos costoso y seguro por parte de quienes utilizan software de código de fuente abierto o software libre.

De esta manera, el objetivo fundamental es reconocer el régimen de protección de los autores de software libre, indicando los retos y oportunidades que esta forma de creación intelectual tiene para los países en desarrollo, especialmente Venezuela y, algunos países de América Latina y la misma Europa.

La metodología a seguir consistirá en una revisión bibliográfica sobre el tema, para concluir que las empresas que desarrollan programas propietarios se encaminan hacia un cambio de paradigma de manera fecunda adoptando alternativas de software libre, creadores que lejos de comportarse de manera antagónica, establecen una relación de emulación cuando no de cooperación, cuajada de elementos positivos para la seguridad y el acceso plural.

2. Oportunidades y desafíos frente al software libre
2.1. Oportunidades

En la sociedad actual, una de las principales herramientas para el desarrollo económico es la utilización adecuada de la tecnología, que entre otras ventajas, facilita la rápida generación, transferencia e intercambio de información, factor fundamental para asumir decisiones en el entorno de una sociedad global altamente competitiva.

La inversión estable en investigación y tecnología no ha sido la prioridad de los gobiernos latinoamericanos, situación que en parte es comprensible en razón de los altos costos que estas actividades demandan, de las presiones que sufren para el pago de su deuda externa, además de aquellas reivindicaciones provenientes de su propia población para que se atiendan áreas tan sensibles como salud, vivienda y educación.

Sin embargo, en Venezuela se da una situación particular en materia de inversión en tecnología de información y comunicación. En Venezuela se ha venido invirtiendo en equipamiento y software, como lo demuestran cifras de International Data Corporation, (IDC). Su Directora Judith Gil, en Venezuela, afirma: " antes de 2000 el crecimiento de Venezuela en América Latina estaba dentro de los más altos en cuanto a inversiones de Tecnologías de Información, alcanzando entre un 18 y 25% hasta 2001". Asimismo asegura IDC que:

Entre 2000 y 2001 las Inversiones de TIC en el país estaban en US$2.000, cifra que fue descendiendo en los años posteriores,Page 105hablamos de 2002, 2003, años en que hubo un ambiente de incertidumbre en el país y se acrecentó la crisis bancaria, entre otros factores que afectó las inversiones en el mercado de TIC 2003 no fue mucho mejor, fue el año del paro petrolero y las inversiones en TIC descendieron a US$600 millones, siendo el mercado de hardware el sector que más sufrió y en el que no se hicieron mayores inversiones. En 2004-2005 las inversiones en TIC en Venezuela fueron aumentando, hasta elevarse en 2006 a US$1.761 millones. De acuerdo a unos datos recogidos a nivel Latinoamericanos por esta empresa, puede verse que el país que mayores inversiones en TIC realiza en la Región es Brasil, seguido de México y Otros, pero sorprendentemente Venezuela ha sido el país en el que el crecimiento de las inversiones de TIC entre 2006-2008 se ubican en un 55%, considerando que había elevado sus inversiones de US$600 millones a US$2.426 en 2007, previéndose se eleven a US$2.726, este año 2008 (Santambrogio, 2008)

Además debe indicarse que Venezuela, mediante (decreto 3.390 2004, 2004), dispone que la Administración Pública Nacional empleará prioritariamente software libre desarrollado con estándares abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 110 y 226 de la Constitución Nacional1.

Para muchas personas (miembros de la comunidad de software libre como: Stallman2, Jon 'Maddog' Hall) la...

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