Resolución número 1517 de 2007, por la cual en la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se suprime un Grupo Interno de Trabajo, se crea un nuevo Grupo Interno de Trabajo, se determinan sus funciones y se modifican las funciones de otros Grupos Internos de Trabajo y se efectúa una delegación. - 29 de Junio de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50458194

Resolución número 1517 de 2007, por la cual en la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se suprime un Grupo Interno de Trabajo, se crea un nuevo Grupo Interno de Trabajo, se determinan sus funciones y se modifican las funciones de otros Grupos Internos de Trabajo y se efectúa una delegación.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46674

El Ministro de Hacienda y Credito Publico, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 37 del articulo del Decreto 4646 de 2006 y el articulo 9° de la Ley 489 de 1998, RESUELVE:

Articulo 1° Suprimir el Grupo Interno de Trabajo de la Direccion Administrativa del Ministerio de Hacienda y Credito Publico creado mediante Resolucion numero 317 del 16 de febrero de 2006.
Articulo 2° La Direccion Administrativa del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, tendra en su estructura los siguientes Grupos Internos de Trabajo en las Subdirecciones, asi: 1

Subdireccion Financiera: 1.1. Grupo de Contabilidad.

1.2. Grupo de Pagaduria.

1.3. Grupo de Presupuesto 2. Subdireccion Juridica: 2.1. Grupo de Cobro Coactivo y Representacion Juridica.

2.2. Grupo de Contratos.

  1. Subdireccion de Recursos Humanos: 3.1. Grupo de Administracion de Personal.

    3.2. Grupo de Capacitacion y Estimulos.

    3.3. Grupo de Nomina y Prestaciones Sociales.

    3.4. Grupo de Certificaciones Laborales.

  2. Subdireccion de Servicios: 4.1. Grupo de Almacen.

    4.2. Grupo de Gestion Documental.

    4.3. Grupo de Provision y Apoyo Logistico.

    4.4. Grupo Operativo de Transporte.

Articulo 3° Crease en la Subdireccion de Recursos Humanos de la Direccion Administrativa el siguiente Grupo Interno de Trabajo: Grupo de Certificaciones Laborales: Corresponde al Grupo de Certificaciones de la Subdireccion de Recursos Humanos ejercer las siguientes funciones: 1

Expedir las certificaciones de funciones de los funcionarios del Ministerio de Hacienda y Credito Publico.

  1. Expedir constancias y certificaciones de tiempo de servicio, cargos desempeñados, funciones, asignacion basica, factores salariales y demas emolumentos de los funcionarios y ex funcionarios de la Entidad y de las extintas entidades adscritas o vinculadas al Ministerio.

    3. Administrar el consecutivo general de correspondencia, relacionado con la expedicion de certificaciones de ex funcionarios.

  2. Presentar los informes que sean requeridos por el superior inmediato, por las diferentes areas, los organismos de control y demas entidades que en razon a la naturaleza de sus funciones asi lo requieran.

  3. Identificar las necesidades de cambios en los manuales de procedimientos y adelantar las acciones a que haya lugar para su actualizacion e implementacion.

  4. Coordinar la formulacion del Plan Estrategico del area;

    definir el Plan de Accion;

    velar por su implementacion;

    efectuar el seguimiento de su ejecucion y evaluar los resultados.

  5. Velar por la conservacion y archivo de los documentos soporte de las actividades realizadas en desarrollo de las funciones a cargo del Grupo de conformidad con la normatividad vigente sobre archivistica.

  6. Velar por la sistematizacion de los procesos, la conformacion y actualizacion de las bases de datos propias del area, y coordinar con la Direccion General de Tecnologia las acciones a que haya lugar.

  7. Ejercer el control interno sobre cada una de las actividades a su cargo.

  8. Las demas funciones que le asigne el superior inmediato y que esten de acuerdo con la naturaleza de las funciones de la Subdireccion.

Articulo 4° Modificar las funciones de los Grupos Internos de Trabajo de la Direccion Administrativa, creados mediante las Resoluciones numeros 207 de enero 2004 y 629 de marzo de 2004, asi: 1

Subdireccion Financiera: 1.1. Grupo de Contabilidad. Corresponde al Grupo de Contabilidad de la Subdireccion Financiera ejercer las siguientes funciones: 1. Controlar y orientar el proceso de preparacion y registro contable de todas las operaciones que deban reflejarse en el balance de la Direccion Administrativa y que incidan en la informacion financiera.

  1. Llevar la contabilidad del Ministerio de acuerdo con las normas prescritas por la Contaduria General de la Nacion.

  2. Coordinar, analizar, elaborar y presentar los informes contables de conformidad con la normatividad vigente.

  3. Coordinar, orientar y elaborar el balance consolidado del Ministerio.

  4. Efectuar conciliaciones y verificaciones presupuestales, contables y de pago que garanticen la consistencia y razonabilidad de la informacion financiera y contable.

  5. Velar por la sistematizacion de los procesos, la conformacion y actualizacion de las bases de datos propias del area, y coordinar con la Direccion General de Tecnologia las acciones a que haya lugar.

  6. Presentar los informes que sean requeridos por el superior inmediato, por las diferentes areas, los organismos de control y demas entidades que en razon a la naturaleza de sus funciones asi lo requieran.

  7. Coordinar la formulacion del Plan Estrategico del area;

    definir el Plan de Accion;

    velar por su implementacion;

    efectuar el seguimiento de su ejecucion y evaluar los resultados.

  8. Identificar las necesidades de cambios en los manuales de procedimientos y adelantar las acciones a que haya lugar para su actualizacion e implementacion.

  9. Velar por la conservacion y archivo de los documentos soporte de las actividades realizadas en desarrollo de las funciones a cargo del Grupo de conformidad con la normatividad vigente sobre archivistica.

  10. Ejercer el control interno sobre cada una de las actividades a su cargo.

  11. Las demas funciones que le asigne el superior inmediato y que esten de acuerdo con la naturaleza de las funciones de la Subdireccion.

    1.2. Grupo de Pagaduria. Corresponde al Grupo de Pagaduria de la Subdireccion Financiera ejercer las siguientes funciones: 1. Custodiar y responder por los fondos recibidos en el Grupo de Pagaduria del Ministerio.

  12. Autorizar, registrar y controlar las novedades de descuentos de nomina, ordenar y administrar su pago.

  13. Cumplir con las obligaciones de Seguridad Social y demas contribuciones inherentes a la nomina del Ministerio.

  14. Responder por el pago oportuno de las obligaciones a cargo del Ministerio.

  15. Generar reportes de PAC, analizar y registrar las necesidades de PAC requeridas por la Subdireccion Financiera para atender la programacion de pagos.

  16. Identificar, causar y clasificar ingresos a imputar en el Presupuesto de Ingresos del Ministerio.

  17. Administrar y responder por los fondos autorizados por la caja menor.

  18. Velar por la sistematizacion de los procesos, la conformacion y actualizacion de las bases de datos propias del area, y coordinar con la Direccion General de Tecnologia las acciones a que haya lugar.

  19. Presentar los informes que sean requeridos por el superior inmediato, por las diferentes areas, los organismos de control y demas entidades que en razon a la naturaleza de sus funciones asi lo requieran.

  20. Coordinar la formulacion del Plan Estrategico del area;

    definir el Plan de Accion;

    velar por su implementacion;

    efectuar el seguimiento de su ejecucion y evaluar los resultados.

  21. Identificar las necesidades de cambios en los manuales de procedimientos y adelantar las acciones a que haya lugar para su actualizacion e implementacion.

  22. Velar por la conservacion y archivo de los documentos soporte de las actividades realizadas en desarrollo de las funciones a cargo del Grupo de conformidad con la normatividad vigente sobre archivistica.

  23. Ejercer el control interno sobre cada una de las actividades a su cargo.

  24. Las demas funciones que le asigne el superior inmediato y que esten de acuerdo con la naturaleza de las funciones de la Subdireccion.

    1.3. Grupo de Presupuesto. Corresponde al Grupo de Presupuesto de la Subdireccion Financiera ejercer las siguientes funciones: 1. Controlar y orientar el proceso de ejecucion del presupuesto de gastos asignado al Ministerio.

  25. Coordinar, analizar y elaborar la presentacion de los informes de ejecucion presupuestal al superior inmediato, a la Direccion General del Presupuesto Publico Nacional, a los organismos de control y demas entidades que en razon a la naturaleza de sus funciones asi lo requieran.

  26. Analizar y registrar la ejecucion del presupuesto de gastos de funcionamiento e inversion, apropiados en el Ministerio.

  27. Generar reportes de PAC y Planes de Pagos, analizar y realizar los ajustes a la programacion de pagos.

  28. Velar por la sistematizacion de los procesos, la conformacion y actualizacion de las bases de datos propias del area, y coordinar con la Direccion General de Tecnologia las acciones a que haya lugar.

  29. Presentar los informes que sean requeridos por el superior inmediato, por las diferentes areas, los organismos de control y demas entidades que en razon a la naturaleza de sus funciones asi lo requieran.

  30. Coordinar la formulacion del Plan Estrategico del area;

    definir el Plan de Accion;

    velar por su implementacion;

    efectuar el seguimiento de su ejecucion y evaluar los resultados.

  31. Identificar las necesidades de cambios en los manuales de procedimientos y adelantar las acciones a que haya lugar para su actualizacion e implementacion.

  32. Velar por la conservacion y archivo de los documentos soporte de las actividades realizadas en desarrollo de las funciones a cargo del Grupo de conformidad con la normatividad vigente sobre archivistica.

  33. Ejercer el control interno sobre cada una de las actividades a su cargo.

  34. Las demas funciones que...

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