Ingresos susceptibles de constituir ganancia ocasional
Autor | Álvaro Jiménez Lozano |
Páginas | 240-241 |
Álvaro Jiménez Lozano
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Nota: El Estatuto Tributario fue adicionado por el artículo 17 de la Ley 0863 de 2003 con un
nuevo artículo, así:
Artículo 298-3. No deducibilidad del impuesto.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 5º. El impuesto sobre la renta y sus
complementarios constituyen un solo impuesto. Artículo 815. Compensación con saldos a favor.
Nota: Véase Decreto 0859 de 2011 por el cual se reglamentan los artículos 292-1, 293-1, 294-
1, 296-1, 298-3 y 298-4 del Estatuto Tributario y los artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 9° y 10 del Decreto
Legislativo 4825 de 2010.
Nota: El Estatuto Tributario fue adicionado con el artículo 298-4 por el artículo 7º de la Ley 1370
de 2009, así:
Artículo 298-4. Normas aplicables al impuesto sobre el patrimonio.
Nota: Véase Decreto 0859 de 2011 por el cual se reglamentan los artículos 292-1, 293-1, 294-
1, 296-1, 298-3 y 298-4 del Estatuto Tributario y los artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 9° y 10 del Decreto
Legislativo 4825 de 2010.
Nota: El Estatuto Tributario fue adicionado con el artículo 298-5 por el artículo 8º de la Ley 1370
de 2009, así:
Artículo 298-5. Control y sanciones.
Ley 1607 de 2012 por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras
disposiciones. Artículo 197. Sanciones - Principios.
TÍTULO III
GANANCIAS OCASIONALES
CAPÍTULO I
INGRESOS SUSCEPTIBLES DE CONSTITUIR GANANCIA OCASIONAL
Artículo 299. Ingresos constitutivos de ganancia ocasional.
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