Decreto número 1819 de 2007, por el cual se ordena la suspensión del Gobernador del departamento del Chocó, se le hace efectiva una sanción disciplinaria y se hace un encargo. - 24 de Mayo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50457356

Decreto número 1819 de 2007, por el cual se ordena la suspensión del Gobernador del departamento del Chocó, se le hace efectiva una sanción disciplinaria y se hace un encargo.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín46638

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades Constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los articulos 303 y 304 de la Constitucion Politica de Colombia, en armonia con el numeral 1 del articulo 172 de la Ley 734 de 2002, y no CONSIDERANDO:

Que el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Quibdo, Choco, en el incidente de desacato numero 2005 - 0110, profirio el auto interlocutorio numero 1375 del diecinueve (19) de diciembre, sancionando con arresto inconmutable de tres dias y multa de cinco (5) salarios minimos mensuales vigentes para este año, al señor Gobernador del departamento del Choco, Licenciado Julio Ibarguen Mosquera;

Que dicha decision fue confirmada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Quibdo, mediante providencia del 21 de marzo de 2007;

Que mediante oficio del diez (10) de abril de 2007, la Jueza Segunda Laboral del Circuito de Quibdo solicito al Gobierno Nacional, suspender al Licenciado Julio Ibarguen Mosquera de su cargo como Gobernador del departamento del Choco por el termino de tres (3) dias, medida que solicita se haga efectiva durante los dias 29, 30 y 31 de mayo de 2007;

Que de conformidad con el articulo 201 de la Constitucion Politica corresponde al gobierno, prestar a los funcionarios judiciales, con arreglo a las leyes, los auxilios necesarios para hacer efectivas sus providencias;

Que de conformidad con el articulo 304 de la Constitucion Politica de Colombia, corresponde al Presidente de la Republica, en los casos señalados por la ley, suspender o destituir a los gobernadores;

Que el Procurador Primero Delegado para la Vigilancia Administrativa, mediante providencia de primera instancia de fecha 21 de febrero de 2007, proferida dentro de la investigacion disciplinaria numero 013-120707-05, impuso al señor Julio Ibarguen Mosquera, identificado con...

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