Texto definitivo al proyecto de ley 162 de 2006 senado
TEXTO DEFINITIVO AL PROYECTO DE LEY 162 DE 2006 SENADO. TEXTO APROBADO EN SESION PLENARIA DEL SENADO DE LA REPUBLICA DEL DIA 12 DE DICIEMBRE DE 2007, por la cual se determinan las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión para las carreteras del sistema vial nacional, se crea el Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras y se dictan otras disposiciones
El Congreso de la República de Colombia
DECRETA:
Estas categorías podrán corresponder a carreteras a cargo de la nación, los departamentos, los municipios o los distritos especiales y todas conforman la Red Vial Nacional. El Ministerio de Transporte será la autoridad que mediante criterios técnicos, determine a qué categoría de las anteriores corresponde cada vía componente del sistema actual y futuro.
Parágrafo 1°. Para efectos de la aplicación artículo 1º del Decreto 2770 de 1953 las vías que allí se identifican como de primera, segunda y tercera categoría son las que en esta ley se denominan de primero, segundo y tercer orden.
Parágrafo 2°. El ancho de la franja o retiro que en el artículo segundo de esta ley se determina para cada una de las anteriores categorías de vías, constituyen zonas de reserva o de exclusión para carreteras y por lo tanto se prohíbe levantar cualquier tipo de construcción o mejora en las mencionadas zonas.
Parágrafo 3°. Como medida previa, los alcaldes deberán proceder a ordenar la suspensión de todas las obras nuevas y ampliaciones o mejoras de las existentes ubicadas en las mencionadas áreas, que hayan sido iniciadas antes de la vigencia de la presente ley y que aún no se encuentren terminadas.
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