Resolución número 0000-122 de 2014, por la cual se adopta el procedimiento para la presentación y trámite de las Quejas e Informes Disciplinarios de competencia de la UAE Junta Central de Contadores - 10 de Marzo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 496870822

Resolución número 0000-122 de 2014, por la cual se adopta el procedimiento para la presentación y trámite de las Quejas e Informes Disciplinarios de competencia de la UAE Junta Central de Contadores

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Junta Central de Contadores
Número de Boletín49088

El Director General de la Unidad Administrativa Especial, Junta Central de Contadores, en cumplimiento de las funciones señaladas en el artículo 20 de la Ley 43 de 1990, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 1151 de julio 24 de 2007, el Artículo 9º de la Ley 1314 del 13 de Julio de 2009 y el Decreto número 1955 del 31 de mayo de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 71 de la Ley 1151 de julio 24 de 2007, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, se otorgó personería jurídica a la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, y se adscribió al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Que según lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto número 1955 del 31 de mayo de 2010, la Junta Central de Contadores es una Unidad Administrativa Especial con personería jurídica, adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que en virtud de la Ley 1314 de 2009 continuará actuando como tribunal disciplinario y órgano de registro de la profesión contable, incluyendo dentro del ámbito de su competencia a los Contadores Públicos y entidades que presten sus servicios al público en general propios de la ciencia contable como profesión liberal.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley 1314 de 2009, la Junta Central de Contadores para el cumplimiento de las funciones de que trata el artículo 20 de la Ley 43 de 1990, cuenta en su estructura con un Tribunal Disciplinario, el cual podrá solicitar documentos, practicar inspecciones, obtener declaraciones y testimonios, así como aplicar sanciones personales o institucionales a quienes hayan violado las normas aplicables.

Que el numeral 1 del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, establece que es función de la Junta Central de Contadores, ejercer la inspección y vigilancia, para...

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